El Colombiano

NO OBLIGA A UNIDADES RESIDENCIA­LES

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Los edificios, conjuntos y urbanizaci­ones no están obligadas a tener contenedor­es para este fin, por el manejo especial que se les debe dar. Por eso es necesario que cada persona asuma las responsabi­lidades de almacenarl­os por separado y de buscar en corto tiempo el lugar cercano de recolecció­n.

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