Víctimas, punto clave en debate de Ley de Amnistía
La solicitud es que se fijen parámetros a la hora de entregar libertades condicionales.
La Corte Constitucional se apresta a estudiar el futuro de la Ley de Amnistía y de su decreto reglamentario; elementos que son cruciales para el acuerdo de paz, y más ahora que, cerca de 2.000 peticiones, están en manos de los jueces de ejecución de penas de todo el país al respecto.
Se trata de la Ley 1820 de 2016 y del decreto 277 de 2017, que la reglamenta y que está en manos de los magistrados encargados José Antonio Cepeda e Iván Escrucería Mayolo.
Se ha podido establecer que ambos magistrados proyectaron ponencias que avalan ambas normas, pero con algunos condicionamientos. El más importante de todos lo planteó Escrucería, quien considera que las víctimas sí pueden y deberían participar en los procesos de revisión y concesión o no de las amnistías, indultos y libertades condicionales. Esto es crucial, ya que la Ley y el Decreto disponen un plazo de diez días para resolver las peticiones y actualmente no contemplan en el procedimiento, la posibilidad que los apoderados de las víctimas conozcan de las peticiones y den su posición al respecto.
Ahora bien, dependerá de la Sala Plena en la votación esta semana si acoge o no esta postura del magistrado Escrucería y si hace un fallo integral al respecto.
En este caso, la Ley como el Decreto está en proceso de revisión automática en la Corte, de manera separada, pues en su momento la Corte negó
una petición de acumulación de los dos expedientes, debido a que para estos temas de paz se fijaron tiempos de revisión diferentes, por haber sido tramitados por el mecanismo del fast track.
El decreto tiene plazo para ser fallado hasta el 12 de mayo y la Ley hasta el día 15.
Cabe recordar que en el estudio del decreto, la Corte Constitucional solicitó concepto a la Corte Penal Internacional (CPI) y al Gobierno que entregara el listado de los guerrilleros investigados y condenados por delitos que sean indultables y objeto de amnistía.
Asimismo, solicitó una serie de pruebas como que la Fiscalía General dé cuenta de
las investigaciones que cursan por delitos amnistiables.
En su concepto, la Procuraduría General de la Nación solicitó a la Corte Constitucional que avale tanto la Ley como el decreto, pero pidió condicionar la decisión para que se entienda que estos beneficios se deberían extender a los miembros de la guerrilla de las Farc que se han sometido a la Ley 975 de 2005 (Ley de Justicia y Paz).
No obstante, ya le fue concedida la libertad a un guerrillero que estaba en ese proceso de justicia transicional, luego que la Corte Suprema de Justicia conceptuara que estos desmovilizados sí pueden acogerse a la JEP