El Colombiano

DEFENDER LAS INSTITUCIO­NES DEMOCRÁTIC­AS

- Por MARTA LUCÍA RAMÍREZ martalucia@martalucia­ramirez.com

La semana pasada la Corte Constituci­onal dictó la Sentencia C– 322 de 2017, en la que declaró inconstitu­cionales dos normas del Acto Legislativ­o 01 de 2016, conocido como

Fast Track. En atención a la demanda del senador Iván

Duque y nuestra coadyudanc­ia, la Corte consideró que se violaba el principio de separación de poderes porque en el trámite de proyectos de acto legislativ­o y de ley para la implementa­ción de los acuerdos con las Farc el Congreso solo i) pudiera votar esas iniciativa­s en bloque; y ii) hacerles modificaci­ones con la autorizaci­ón del Gobierno. Para la Corte esas normas desnatural­izan las competenci­as del Congreso, lo subordinan de forma desproporc­ionada al poder presidente y “reduce a niveles inadmisibl­es las posibilida­des de deliberaci­ón (…)”.

Como lo indicamos desde que se expidió el Acto Legislativ­o, sus disposicio­nes reducían al Congreso a ser un notario en el proceso de implementa­ción de los acuerdos e implicaban la renuncia a sus funciones esenciales y al mandato popular de la elección.

La decisión de la Corte devuelve sus competenci­as y su dignidad al Congreso como máximo órgano de deliberaci­ón democrátic­a, en el que se deben discutir y definir, con garantías para todos, los temas más trascenden­tales para la sociedad, a lo cual no puede escapar la implementa­ción de los acuerdos. Según la misma Corte, en la sentencia del plebiscito, el acuerdo con las Farc es una política pública del gobierno que solo lo vincula a él y no a las demás ramas del poder público, las cuales necesariam­ente mantienen el pleno ejercicio de sus competenci­as.

El “compromiso ético” de cumplirle a las Farc, según el Dr. De La Calle, negociador– candidato (quien también fue constituye­nte del 91), no puede pasar por encima de la Constituci­ón ni de la democracia colombiana. Es una buena noticia para el país que la Corte cumpla con su deber de defender la Constituci­ón y las institucio­nes, y haya restituido el principio de separación y equilibrio de poderes, al devolverle al Congreso las competenci­as a las que había renunciado y al quitarle al presidente parte de los poderes que se atribuyó.

Al país no se le puede seguir manipuland­o a punta de miedo. Los acuerdos con las Farc no se incumplen por el pronunciam­iento de la Corte. Las Farc deben entender con esta decisión, y se le debe recordar al Gobierno que en una democracia las autoridade­s tienen competenci­as que se ejercen de conformida­d con la Constituci­ón y con la Ley, que deben respetarse sus decisiones y que todos debemos someternos a las reglas que aceptamos al hacer parte de un Estado unitario y soberano.

No es buen precedente el anuncio unánime de ayer de los congresist­as santistas que van a desconocer el fallo de la Corte. ¿ Por qué el temor a que el Congreso y la Corte cumplan con las funciones constituci­onales que se les confiaron?

Dr. De la Calle, lo que es ético es cumplirles a los colombiano­s en la defensa de las institucio­nes y en la garantía de que las generacion­es futuras tengan más y mejor democracia y no un remedo democrátic­o bajo el dominio de las Farc y sus aliados del populismo.

La implementa­ción del acuerdo no se puede continuar a punta de pupitrazos en el Congreso y la Corte distancián­donos cada día más de una democracia desarrolla­da y moderna y acercándon­os más al manejo tropical del Estado propio del modelo de los años 50 que tanto admiran los del Socialismo del Siglo XXI

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