Promigas, a responder por ataque de Farc
La empresa de gas tendrá que pagar una indemnización cercana a los $3.700 millones. Es un hecho sin precedentes.
El Tribunal Contencioso Administrativo de La Guajira ratificó una sentencia, proferida en 2014 por el Juzgado Segundo Administrativo del Circuito Oral de Riohacha, que declara responsable a la empresa Promigas y al Ministerio de Minas y Energía por un atentado de las Farc contra el gasoducto BallenasBarranquilla, ocurrido el 21 de octubre de 2001 y que dejó ocho personas muertas, una decena de heridos y numerosos daños en viviendas.
Como consecuencia de esa condena, tanto la empresa de gas como el Ministerio deberán pagar indemnizaciones a los civiles afectados por un valor aproximado a los 3.700 millones de pesos.
Este tipo de sentencias, que no son ajenas para el Estado, si lo son para una empresa privada, que en este caso también fue víctima del ataque por parte de un miliciano de las Farc, quien fue capturado y condenado por este hecho.
Para el Tribunal, “el acto terrorista indicó que no era imprevisible por las condiciones de seguridad del momento y que Promigas debió haber tenido mayor vigilancia, razón por la que no se exonera de la responsabilidad”.
Eduardo Rosado, vicepresidente de Asuntos Corporativos de Promigas, confesó que en la empresa se encuentran “bastante sorprendidos” con el sentido de la decisión. “Es una señal que preocupa mucho para la confianza inversionista, sobre todo de tantas empresas que podrían estar en una situación muy parecida a la nuestra y que son concesionarios de actividades del Estado como minería, puertos, vías, etc”.
Orlando Cabrales, presidente de la Asociación Colombiana de Gas Natural, Naturgas, coincidió con que este es un caso que genera una “incertidumbre jurídica muy grande para los inversionistas que han y están interesados en ejecutar proyectos de infraestructura. Uno no se explica cómo si ya había una responsabilidad comprobada por la justicia, el miliciano de las Farc condenado, puede, años después, tener otro culpable que a su vez es víctima de ese mismo atentado, es el mundo al revés”.
Rosado explicó que la “única opción que les queda es que por medio de una revisión ex-
cepcional, el Consejo de Estado revise esta condena. Sin embargo no se garantiza que lo hagan. Es algo que nuestro grupo jurídico está estudiando”.
Decisión histórica
Para David Suárez, profesor de derecho de la Universidad de Eafit, la sentencia puede ser novedosa, llamar la atención, por la condena a un particular, “pero puede que no sea del todo absurda, porque cuando en un hecho intervienen el Estado y un particular, yo como afectado puedo demandar a cualquiera de los dos y sin duda alguna, en este caso Promigas es el que está operando el gasoducto, el que presta el servicio, entonces no es totalmente descabellado el tema. Otra cosa es entrar a mirar la parte probatoria, lo que se demostró en el proceso de si verdaderamente Promigas puso en riesgo o no a la comunidad y a los afectados por el atentado”.
El académico aclaró que el hecho de que la guerrilla fuera la responsable de lo sucedido “no es tan relevante en la jurisprudencia del Consejo del Estado, porque está de por medio la seguridad, el orden público y es una actividad que tenía que estar a cargo del Estado o bien de Promigas o de ambos”.
Por su parte, Wilson Martínez, docente de la Universidad del Rosario y exvicefiscal, general consideró que “si la condena se basa en incumplimiento de un deber expresamente previsto en la ley, para mí eso está bien, es legal, lo entiendo y lo comparto. Pero si se basa en una interpretación de algo que debió haber hecho el funcionario a partir de una lectura de la Constitución, para mí eso es ilegal”