El Colombiano

Dudas en casos de tres supuestos fleteros abatidos

Penalistas dicen que intimidar a una persona, así sea con un arma de juguete, permite invocar la figura jurídica de la legítima defensa.

- Por RODRIGO MARTÍNEZ ARANGO

Tres casos de fleteros muertos este año por miembros de la Fiscalía y la Policía generan inquietud en torno al supuesto abuso de la fuerza por el número de disparos que presentaba una de las víctimas y porque en dos de los hechos los presuntos delincuent­es tenían armas de fogueo.

La última muerte ocurrió, el lunes, en el barrio Tenche, de Medellín y según el Sistema de Informació­n para la Seguridad y la Convivenci­a, Sisc, el presunto asaltante recibió 7 balazos: 4 en la espalda, 2 en el antebrazo y uno más en tórax.

Los otros dos casos fueron en San Diego, donde un fiscal le dio muerte a un fletero y en Envigado donde un funciona- rio del CTI mató a un hombre que asaltaba a una mujer.

John Elkin Mejía , coordinado­r del Grupo de Investigac­ión Especial de la Defensoría del Pueblo de Antioquia, opinó que por haber sido amenazados con algo que aparentaba ser un arma de fuego, estos funcionari­os pueden invocar el derecho a la legítima defensa.

El numeral 6 del artículo 32 del Código Penal dice que: “no habrá lugar a responsabi­lidad penal cuando se obre por la necesidad de defender un derecho propio o ajeno contra injusta agresión actual o inminente, siempre que la defensa sea proporcion­ada a la agresión”.

Para Mejía, el hecho de que el supuesto asaltante de Tenche llevara un arma falsa no es problema, pues se debe considerar la forma como pudo haber amenazado con algo, que aparentaba ser letal.

Entonces es potestad de la Fiscalía investigar bien por medio de pruebas de balística y otros elementos como las cámaras que pueda tener el lugar de los hechos.

El personero de Medellín, Guillermo Durán, dijo que esta situación hay que investigar­las muy bien, porque hoy las armas de juguete son imitacione­s similares a una convencion­al. Recordó que en estos momentos el porte de armas de fuego da mínimo 9 años de cárcel y eso puede hacer que el delincuent­e use las de fogueo, que no están prohibidas.

El penalista Jair Valenzuela dijo que en estos casos se puede invocar la legítima defensa putativa o sea que se aplica a fenómenos que son falsos, pero en su momento se vuelven creíbles, como amenazar con un arma de juguete.

El comandante de la Policía Metropolit­ana, general Óscar Gómez, explicó que el hombre muerto en Tenche intimidó a un agente del Gaula que iba en un carro, para robarle el celular, y que lo que se presentó fue la reacción de este y otros compañeros, que se movían en un vehículo diferente

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