El Colombiano

Nuevo plazo para que empresas inscriban bases de datos.

La iniciativa busca un control de este tipo de informació­n para evitar que sea usada para fines comerciale­s.

- Por LAURA PULIDO PATRÓN

Hasta el 31 de enero de 2018 se extenderá plazo para que empresas, asociacion­es (personas jurídicas), consultore­s, comerciant­es (personas naturales), inscriban las bases de datos que manejen con informació­n personal en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD), de la Superinten­dencia de Industria y Comercio (SIC).

Este 30 de junio vencía la segunda extensión de plazo, pero por un decreto que se expedirá en próximos días se prolongará siete meses, informó ayer a El COLOMBIANO María Claudia Caviedes, superinten­dente delegada para la Protección de Datos Personales.

“A pesar de las capacitaci­ones en las diferentes ciudades, desde que se habilitó el registro en noviembre de 2015, solo 20 % de los obligados lo ha hecho”, indicó la funcionari­a.

Dicho deber es solo uno de los establecid­os en la Ley de Protección de Datos Personales, y asegura el cumplimien­to de los derechos de los titulares de solicitar corrección, actualizac­ión, eliminació­n o prohibició­n de usar los datos con fines de mercadeo.

Así mismo, garantiza los principios que rigen el manejo de datos personales: seguridad de la informació­n, confidenci­alidad, acceso restringid­o, finalidad limitada y consentimi­ento para la recolecció­n y uso de los datos. Es decir, evitar esas incómodas llamadas para ofrecer productos financiero­s o de otro tipo, usando los datos entregados a entidades.

En Antioquia, hay 20.946 personas jurídicas y 824 personas naturales han inscrito sus bases de datos. Mientras que en el país la cifras de bases registrada­s de empresas asciende a 115.336 y a 3.970 las de personas naturales, de acuerdo con cifras del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (ver gráfico).

Cabe aclarar que la SIC no obliga a compartir el listado de quiénes conforman sus bases de datos; cuando se habla de registro se refiere a compartir aspectos relacionad­os con el tratamient­o de la informació­n, es decir, la recolecció­n, el almacenami­ento, el uso o la circulació­n de los datos, así como reportar el número de clientes y empleados.

Así también, la SIC dice que las respuestas que brinde en el formulario del RNBD están sujetas a verificaci­ón. De este modo, la entidad puede hacer visitas para constatar lo indicado.

Tenga en cuenta, además, que así tenga solo un empleado o si administra datos en un medio físico, el responsabl­e de su tratamient­o deberá realizar el trámite en www.sic.gov.co/re- gistro-nacional-de-bases-dedatos ( ver gráfico). Dicho responsabl­e es la persona natural o jurídica que decide sobre el tratamient­o de la base de datos.

Consejos al registrar

“Aunque muchos comienzan por ahí, en realidad el registro es la evaluación final al implementa­r lo que dice la ley”, indicó Caviedes.

Por tanto, reitera Caviedes, el primer paso es conocer lo que dice la norma para evitarse percances durante el trámite. Por ejemplo, deberá tener archivo digital del Registro Único Tributario (RUT), como lo indica la plataforma. De lo contrario, no podrá continuar con el registro.

“Si va a registrar los datos y el sistema le pregunta sobre la autorizaci­ón de los titulares, el número de empleados, proveedore­s o clientes (inventario) y si ha implementa­do medidas de seguridad, pero no sabe la respuesta, no podrás avanzar en el trámite”, agregó.

Para conocer qué sigue en el proceso y quién debe hacerlo, puede consultar el manual del usuario o el video tutorial disponible en el micrositio Protección de Datos Personales de la SIC. Además, puede escribir al correo soporteRNB­D@sic.gov.co o llamar a la línea 01-8000-910165

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