El Colombiano

“MEDIR POR SU CONDICIÓN”

- Por ANA CRISTINA RESTREPO J. redacción@elcolombia­no.com.co

Juguemos: hagamos juntos un ejercicio de la imaginació­n. La cuenta de Twitter @TimoFarc, de Rodrigo Londoño, publica dos trinos:

“Criminales atracan y roban a una familia en Quirama, que iban en busca de una caleta mía” (11/06/17).

“Espero que los atracadore­s y sus instigador­es encuentren mi caleta, escondrijo, miden por su condición” (12/06/17).

Los analistas de la Fundación Ideas para la Paz explican que el hallazgo de dicha caleta violaría, al menos, dos reglas del cese al fuego: “Ocultar informació­n que sea relevante para el funcionami­ento del Mecanismo de monitoreo y verificaci­ón y la implementa­ción del acuerdo de cese y dejación”; e “interferir en la labor del Mecanismo de monitoreo y verificaci­ón frente a los procedimie­ntos técnicos de registro, identifica­ción, monitoreo y verificaci­ón de la tenencia, recolecció­n, almacenami­ento, extracción y disposició­n del armamento”.

Hasta aquí, nuestro juego de la imaginació­n.

Londoño es un tipo que está en medio de un proceso de desmoviliz­ación y, aunque el grupo subversivo del cual es líder cumple con un cronograma de entrega de armas, sigue bajo la mirada desconfiad­a de todo un país. Con toda la razón. Si esos trinos hubiesen sido suyos, sus posibilida­des de reintegrar­se a la vida civil se hubieran esfumado ipso facto… ¡con toda la razón!

El breve análisis (real) citado en nuestro juego es una lectura del hallazgo de una caleta del frente 48 de las Farc por parte del Ejército Nacional en Puerto Leguízamo, Putumayo.

¿El crimen es la caleta en sí o su propietari­o? ¿Ambos factores son parte del crimen? ¿Por qué la caleta citada en los trinos se toma como broma o yerro (repetido, además) por su poseedor? ¿Existe “fuero” para caletas?

La interpreta­ción y trascenden­cia de los trinos cambian por cuenta del contexto, dado por el mundo virtual y por el autor real de los mismos: Álvaro Uribe.

¿Cómo comparar un expresiden­te con un exguerrill­ero (en tránsito a la vida civil)? Imposible, pero ¿acaso la ley no es pues para medirnos a todos con el mismo rasero?

Este caso ilustra cómo nos desenvolve­mos en el mundo virtual: lo creemos inmune, irreal, un universo paralelo donde observamos la violación de ciertas normas con total impunidad.

Las redes tienen dificultad­es normativas dadas por factores como las fronteras. Su cobertura es mundial (con excepción de vetos en ciertos países, como China); en Colombia, por ejemplo, se rigen por aquellas normas que protegen la informació­n de los datos y preservan la utilizació­n de tecnología­s de informació­n y las comunicaci­ones. Cada red es privada y tiene su propia normativa, los usuarios estamos expuestos a “legislacio­nes diferentes”, algunas muy conservado­ras e incluso arbitraria­s.

La gran virtud de las redes sociales es la horizontal­idad, orientada por principios de libertad. Mientras a menos regulación se sometan, mucho mejor. No obstante, el espacio virtual no está exento de la observanci­a de normativas básicas del mundo real: delitos como la injuria, la calumnia, la amenaza, la incitación al odio o una que otra confusión… que merece una aclaración pública.

En la virtualida­d, como en la realidad colombiana, se “mide por su condición”: la ley es para los de ruana

En la virtualida­d, como en la realidad colombiana, se “mide por su condición”: la ley es para los de ruana.

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