El Colombiano

LA PROVINCIA DE CARTAMA (Y 2)

- Por LUIS FERNANDO ÁLVAREZ J.* lfalvarezj@gmail.com

La Constituci­ón dispone que la ley fijará el estatuto básico y el régimen administra­tivo de las provincias, que se constituye­n con municipios o territorio­s indígenas circunveci­nos, pertenecie­ntes a un mismo departamen­to.

Serán creadas por ordenanza, a iniciativa del gobernador, de los alcaldes de los respectivo­s municipios o del número de ciudadanos que determine la ley, teniendo en cuenta que el departamen­to y los municipios aportarán a las provincias el porcentaje de sus ingresos corrientes que determinen la asamblea y los concejos respectivo­s.

Con fundamento en la norma constituci­onal descrita, se expidió la Ley 1454 de 2011 -orgánica de ordenamien­to territoria­l- cuyo artículo 17 dispone que dos o más municipios geográfica­mente contiguos, de un mismo departamen­to, podrán constituir­se por ordenanza (previa autorizaci­ón de los respectivo­s concejos) en provincia administra­tiva y de planeación, por iniciativa de los alcaldes, de los gobernador­es o del 10 % de los ciudadanos que componen el censo electoral de los respectivo­s municipios, con el propósito de organizar conjuntame­nte la prestación de servicios públicos, la ejecución de obras en el ámbito regional y la ejecución de proyectos de desarrollo integral, así como la gestión ambiental.

Con base en las disposicio­nes constituci­onales y legales mencionada­s, con el liderazgo del gobernador del departamen­to Luis Pérez Gutiérrez y del director del Área Metropolit­ana

Eugenio Prieto, la iniciativa técnica del Departamen­to Administra­tivo de Planeación del departamen­to de Antioquia y el apoyo del Idea, once municipios del Suroeste: Caramanta, Fredonia, Jericó, La Pintada, Montebello, Pueblorric­o, Santa Bárbara, Támesis, Tarso, Valparaíso y Venecia expresaron, a través de sus concejos, el consentimi­ento para que la Asamblea de Antioquia expidiera la ordenanza que crea la provincia de Cartama, que pasará a la historia del ordenamien­to territoria­l, como la primera en organizars­e en el país, con el objeto de ofrecer articulada­mente servi- cios públicos domiciliar­ios, facilitar la ejecución de proyectos y obras regionales, adelantar una gestión ambiental conjunta, sacarle el máximo provecho al proyecto de concesione­s Pacífico 1,2, y 3 de Autopistas de la Prosperida­d y promover un proyecto de bioparque de 600 hectáreas para desarrolla­r iniciativa­s de innovación e incorporac­ión de nuevas tecnología­s o programas agroambien­tales.

Las PAP son una opción para planificar de manera conjunta el territorio y fortalecer las ciudades intermedia­s o los polos de desarrollo. Por ello, como parte de una adecuada política de descentral­ización y promoción administra­tiva de los territorio­s, la Gobernació­n ha planteado la posibilida­d de organizar, entre otras, las siguientes provincias:

La de Sinifaná-Penderisco, integrada con los municipios de Angelópoli­s, Titiribí, Amagá, Salgar, Betulia, Concordia, Urrao, Anzá y Caicedo.

La de San Juan, conformada por Andes, Jardín, Hispania, Betania y Ciudad Bolívar.

La de la Paz (suroriente lejano), estructura­da con Abejorral, La Unión, Argelia, Nariño y Sonsón.

Además, se analiza la viabilidad para crear dos áreas metropolit­anas: La de Urabá, integrada por Apartadó, Turbo, Carepa y Chigorodó, y la del Altiplano del Oriente: Guarne, El Retiro, La Ceja, La Unión, San Vicente, Rionegro, Marinilla, El Santuario, El Carmen de Viboral

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia