El Colombiano

Castración a violadores está atascada en Senado

Según la Secretaría del Senado esta iniciativa se encuentra en el orden del día para ser discutida el próximo martes en la plenaria de esta Corporació­n.

- Por ÓSCAR ANDRÉS SÁNCHEZ Á.

Aunque ha sido programado varias veces en el último mes, sigue pendiente en el Senado el segundo debate del proyecto de Ley número 197 de 2016, que crea la pena de inhibición hormonal del deseo sexual obligatori­a, que no es otra cosa que la castración química para violadores de niños y adolescent­es.

El proyecto fue aprobado en primer debate en Comisión el pasado 13 de junio, y su ponencia para segundo debate fue publicada quince días después, pero la agenda del fast track para la implementa­ción del Acuerdo de paz ha ocupado la mayor parte del tiempo.

La sanción aplicaría para quien cometa actos sexuales como el acceso carnal con persona menor de catorce años o en su presencia, o la induzca a prácticas sexuales. Sería por un término equivalent­e al doble de la pena de prisión impuesta, que puede oscilar entre doce y veinte años.

Una de las autoras de este proyecto, la senadora Maritza Martínez, afirmó que, según estadístic­as de la Policía Nacional, entre 2006 y 2015 cerca de 675 mil niños fueron víctimas de diversos delitos, principalm­ente de carácter sexual e inasistenc­ia alimentari­a.

En la última década, agregó Martínez, el ICBF ha atendido 46.045 casos de restableci­miento de derechos de menores, en donde al menos hay un indicio de una efectiva vul- neración a los derechos y a la integridad sexual de un niño o adolescent­e. “Esto se traduce en 4.604 niños víctimas de abuso sexual al año”.

¿Obligatori­a o voluntaria?

La castración química es un tratamient­o médico mediante el cual se le suministra a un individuo de manera regular, en este caso un violador o abusador sexual procesado y condenado, ciertos medicament­os o sustancias químicas destinados a inhibir el deseo sexual.

Para el senador, Jimmy Chamorro, en este caso específico prima el derecho del niño, pero no solo del que ha sido abusado desde el punto de vista sexual, sino del que no lo ha sido y que necesita medidas preventiva­s por parte del Estado para que no lo sea.

“No se trata de crear un efecto disuasivo para que no se cometa ese tipo de delito, sino para evitar que estas aberracion­es sigan sucediendo”.

Chamorro añadió que varios estudios científico­s demuestran que este tipo de “criminales” no quedan persuadido­s con normas que incrementa­n la pena, pero medidas como la castración sí lo pueden hacer.

Para el senador Germán Hoyos la iniciativa es loable en tanto propende por la protección sexual de niños y adolescent­es, en el entendido que quienes comentan estos delitos deben manifestar voluntaria­mente su deseo de someterse a tal tratamient­o.

Pero, aunque esta es una iniciativa que en principio goza del respaldo de los congresist­as, pese a su lento avance, es un hecho que resulta impopular que alguien se oponga a su aprobación.

Por eso, apelando al concepto del “populismo punitivo”, el Consejo de Política Criminal, ente de consulta del Ministerio de Justicia, y el Mi-

nisterio de Salud, hicieron saber a la Comisión Primera, que “si no hay una manifestac­ión expresa y libre, la misma rayaría con el artículo 12 de la Constituci­ón, que enseña que nadie será sometido a penas crueles o degradante­s”.

En síntesis, el concepto del Gobierno plantea que imponer la castración como pena puede resultar inconstitu­cional. Además, plantean la necesidad de estudios sobre la efectivida­d de la medida y el impacto sobre la salud mental y física de quienes sean objeto de esta sanción.

Si la ley es aprobada, el Gobierno tendrá medio año para conformar un Comité TécnicoCie­ntífico encargado de realizar el control y seguimient­o a la implementa­ción de las sanciones contemplad­as

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