LAS PRUEBAS SABER PRO
Se aproxima la fecha para la realización de las pruebas de Estado, denominadas saber pro. Todos los estudiantes universitarios que van a egresar, deberían presentarse a dicha evaluación. Sin embargo, como siempre sucede, sin que se haga nada al respecto, surgen importantes inquietudes sobre la naturaleza, pertinencia y oportunidad de las pruebas.
El primer tema de reflexión tiene que ver con la utilidad práctica de las mismas. Habría que preguntarse si los resultados de las pruebas se tienen en cuenta en la asignación o escogencia de profesionales recién egresados, para ocupar cargos en asuntos relacionados con las competencias aplicadas a la prueba.
En general, en los sectores público y privado, la experiencia y las recomendaciones siguen siendo una fuente de información privilegiada, al momento de tener que designar un recién egresado para una vinculación laboral. La tendencia incluso se presenta en el sector académico laboral. Los docentes y futuros investigadores se escogen, más por su nivel de posgrado, y en cierto sentido, por sus resultados generales en el pregrado, que por sus logros en las pruebas saber pro, entre otras razones, porque en el imaginario de la academia existe una especie de convicción acerca de que, en ocasiones, los resultados dependen principalmente del ejercicio de habilidades.
Pero el punto más delicado y que merece una mayor reflexión, es el relacionado con el conocimiento. Las pruebas están concebidas para medir contenidos, de manera que parece existir una importante brecha entre la evaluación formativa en capacidades y competencias, que busca la academia, y la evaluación sumativa que persiguen las pruebas, que principalmente se realizan para cuantificar la información que se tiene sobre ciertos temas.
Pero no es del todo claro que ese propósito coincida con los afanes cognitivos en muchas disciplinas. Por ejemplo, en el ámbito del Derecho, por una ruta van los propósitos de competencias y valores de la enseñanza, y por otro, los lineamientos de las pruebas. Mientras el Estado, a través de las diferentes regulaciones procesales quiere implementar y desarrollar el principio de la oralidad en los procesos judiciales, las pruebas omiten por completo este sentido y prefieren incentivar un principio cuantitativo, producto de la escogencia múltiple y los señalamientos de cierto y falso. Esta dicotomía no es solo un problema de pruebas, sino que se convierte en un asunto que afecta la identificación de metodologías y sistemas de evaluación. El Estado quiere un abogado, que con fundamento en principios éticos y científicos, a partir de los postulados de la oralidad, utilice un discurso abierto y argumentativo, espontáneo y con habilidades de exposición, que las pruebas omiten, con graves consecuencias respecto a los alcances de la enseñanza del Derecho.
Las pruebas saber pro no pueden convertirse únicamente en un instrumento para identificar, figurar y agrupar las universidades, sino un sistema que realmente mida las competencias para la actividad profesional. En caso contrario, puede ocurrir que simplemente estemos buscando un instrumento de medición y comparación, que nada aporta al desarrollo nacional