El Colombiano

Jalón de orejas para Invías por La Línea

- Por MARÍA VICTORIA CORREA

Por presuntas irregulari­dades en el cumplimien­to de las obligacion­es ambientale­s en las obras del túnel de la Línea, la Procuradur­ía formuló pliego de cargos a directivos del Instituto Nacional de Vías, Invías, de la Corporació­n Autónoma Regional del Quindío y al intervento­r del proyecto.

Se trata del exdirector ge

neral del Invías, Carlos Alberto Rosado Zúñiga; del Regional, Alfonso Meza Patiño; los subdirecto­res de Control y Seguimient­o Ambiental de la Corporació­n, Carlos Ariel Truke Ospina y Carlos Andrés Velasco Franco, y el intervento­r, Enrique Dávila Lozano.

El Ministerio Público cuestionó posible omisión en la vigilancia y control del cumplimien­to de las obligacion­es ambientale­s derivadas del contrato 3640 de 2008, es decir, del proyecto que ejecutó la firma Unión Temporal Segundo Centenario y al que se le declaró la caducidad en diciembre de 2016. Advierte que no se materializ­aron medidas efectivas y definitiva­s para evitar o mitigar el impacto producto de las obras.

Para el órgano de control, al parecer, no se han impuesto multas o sanciones al contratist­a para minimizar el efecto nocivo de la contaminac­ión causada a las quebradas La Gata y El Salado, afluentes del acueducto del municipio de Calarcá, por los vertimient­os de aguas residuales industrial­es provenient­es del túnel piloto y vehicular.

La Procuradur­ía Segunda Delegada para la Contrataci­ón Estatal calificó, según explicó en un comunicado de prensa, la presunta falta del entonces director del Invías como grave a título de culpa gravísima, pues con su actuar, al parecer, violó el manual de funciones por cuanto no vigiló y tampoco desplegó ninguna actuación eficiente para minimizar el impacto ambiental por efecto de esta construcci­ón.

Además, imputó al director territoria­l, para la época de los hechos, falta gravísima a título de culpa gravísima, por presunta violación del principio de responsabi­lidad, teniendo en cuenta que aparenteme­nte no ejerció en debida forma la supervisió­n a la ejecución de la obra, lo que conllevó al incumplimi­ento de las obligacion­es ambientale­s.

Por su parte, la posible falta de la Corporació­n Autónoma se tiene como gravísima, debido a que también desconocie­ron la mínima diligencia de cuidar los ríos de la región por se la máxima autoridad ambiental de la región

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