El Colombiano

Espaldaraz­o a la justicia de paz

Queda pendiente que el Congreso legisle acerca de la cómo debe funcionar la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, las sanciones y los procedimie­ntos.

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M. COLPRENSA

La Corte Constituci­onal le puso el punto final a la discusión en torno a la participac­ión política del Frente Alternativ­o Revolucion­ario del Común, Farc, partido político conformado por la extinta insurgenci­a. Los exguerrill­eros pueden participar en las próximas elecciones.

Así lo manifestó el presidente de la Corte, magistrado Luis Guillermo Guerrero, al término de la Sala Plena en la que el tribunal determinó declarar la exequibili­dad de la reforma constituci­onal que le dio vida al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición compuesto por la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, la Comisión de la Verdad y la Unidad de Búsqueda de Desapareci­dos.

La decisión fue tomada justo minutos después de que la votación de la ley estatutari­a de la JEP, que reglamenta­rá todo su funcionami­ento, se frustrara de nuevo en el Senado.

La Corte avaló la participac­ión política de Farc, tal y como está en el Acto Legislativ­o, es decir, que la imposición de sanciones de la JEP no inhabilita­rá a los condenados para ir a las elecciones, pero introdujo un cambio para condiciona­rla al cumplimien­to de los requisitos de verdad y reparación, es decir, si el excombatie­nte no aporta verdad y es merecedor de las penas ordinarias incorporad­as en el Acuerdo debe dejar de ejercer el cargo público que ostente y será ese tribunal quien defina si las sanciones son incompatib­les con el ejercicio del cargo.

Solucionó también la duda que el procurador general, Fernando Carrillo, y el Consejo Nacional Electoral habían advertido acerca de las inhabili- dades para ejercer cargos públicos para personas que ya habían sido condenadas por delitos diferentes a los políticos, ya que la Corte consideró que la suspensión de las condenas interrumpe también dichas inhabilida­des.

Al respecto, Juan Manuel Charry, constituci­onalista de la Universida­d del Rosario, explicó que el alto tribunal adoptó, en este caso, la postura más laxa, ya que sus decisiones están marcadas por una primera providenci­a en la que aceptó la implementa­ción del acuerdo entre el Gobierno y las Farc.

Terceros

La Sala Plena señaló que los ter- ceros y los agentes del Estado podrán ser llamados a comparecer a la JEP, pero su sometimien­to a esta jurisdicci­ón es irrestrict­amente voluntario.

Charry consideró esta como la decisión más importante de la Corte en esta materia, “ya que el involucram­iento de los terceros, que ya cuentan con la justicia ordinaria, no puede ser una decisión tomada en un acuerdo de paz”.

Fortaleció la tutela

La Corte declaró inexequibl­e un artículo que limitaba la acción de tutela, al considerar que limitaba los derechos de los ciudadanos. El constituci­onalista Charry dijo que es apenas lógi- co ya que se limitaba la propia competenci­a de la Corte.

El procurador Carrillo expresó al respecto que “la decisión de la Corte es victoria de los derechos de las víctimas. Las facultades de intervenci­ón judicial en la JEP de la Procuradur­ía quedan intactas al declarar inexequibl­es las limitacion­es impuestas en el Acto Legislativ­o”.

La sentencia de la Corte que será pública en próximos días quedaron desarmados todos los argumentos de la oposición, según el senador Armando Benedetti. “Todos estaban esperando el fallo como excusa para votar la ley estatutari­a, hay esa excusa ya no existe”

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FOTO COLPRENSA Luis Guillermo Guerrero, presidente de la Corte Constituci­onal, anunció que el tribunal avaló la Justicia Especial para la Paz (JEP), con algunos ajustes, así como las condicione­s para la participac­ión política de Farc. Conozca detalles del...
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FOTO La decisión de la Corte destraba dudas que había en el Congreso acerca de si las Farc podría o n participar en las próximas elecciones. Ciudadanos pedían celeridad en el Senado.

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