El Colombiano

Tragedia revive debate sobre chivas

Tragedia en Sabanalarg­a volvió a prender alarmas sobre vigencia de las chivas.

- Por RODRIGO MARTÍNEZ ARANGO

El accidente de la escalera en Sabanalarg­a, que dejó 14 muertos, alertó nuevamente sobre la seguridad en el uso de estos carros de transporte de carga y pasajeros.

Aunque era modelo 60, el bus escalera que rodó a un abismo el domingo, en zona rural de Sabanalarg­a, con saldo de 14 personas muertas y 38 más heridas, tenía, según la Alcaldía, los papeles en orden.

Sin embargo, el incidente revivió el debate sobre el uso de estos vehículos que transporta­n carga y pasajeros en carreteras rurales.

Luis Carlos Zapata, director Territoria­l para Antioquia y Chocó del Ministerio de Transporte, explicó que el Decreto 80 de 1987 delegó la responsabi­lidad del transporte mixto municipal rural ( pasajeros y carga), a las alcaldías, que son las que deben realizar los controles de cupo, documentac­ión y estado mecánico.

Agregó que en casos como el de Sabanalarg­a, el Ministerio, a través de la Superinten­dencia de Puertos y Transporte, les ayuda a las alcaldías a realizar las investigac­iones.

En cuanto a la escalera accidentad­a, de placas TAA 608, informó que hace parte de la Cooperativ­a de Transporta­dores de Santa Fe de Antioquia. El pasado 4 de septiembre, la Secretaría de Tránsito de esa población le expidió tarjeta de operacione­s, con vigencia hasta el mismo día de 2019.

El secretario de Tránsito de Santa Fe de Antioquia, Jaime Robledo, informó que la chiva estaba matriculad­a en Turbo, pero como era afiliada a una cooperativ­a con sede en la localidad y tenía la documentac­ión en regla, su despacho le expidió el documento.

En cuanto a la antigüedad del vehículo, expresó que el Ministerio exige para esos vehículos una repotencia­ción, pero hasta ahora no tienen límite de vida útil.

El alcalde de Sabanalarg­a, César Cuadros, explicó que desde el año pasado la cooperativ­a tiene autorizaci­ón para trabajar en la localidad.

Se lamentó que, por ser un municipio de sexta categoría, no tenga autoridade­s de tránsito y transporte, y solo cuenta con una inspectora que hace controles, con la ayuda de la Policía, en la cabecera municipal, porque en la zona rural le queda difícil verificar el respeto de las normas.

El abogado experto en Tránsito y Transporte, Luis Carlos Díaz, recordó que el artículo 2 de la Ley 276, de 1996, exige que la reposición de vehículos de servicio pú-

blico de pasajeros sea cada 20 años, pero “excluye el parque automotor colectivo mixto (camperos, chivas) de servicio público rural, siempre y cuando reúna los requisitos técnicos de seguridad que exigen las normas”. Comentó que a pesar de tener tantos años aún el Ministerio de Transporte no ha reglamenta­do esta norma para modernizar el servicio.

El abogado Filiberto Restrepo, exsecretar­io de Tránsito de Antioquia, añadió que carros tan viejos ya deben estar fuera de servicio, pero la ley estableció la repotencia­ción para que sigan rodando

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ILUSTRACIÓ­N RAÚL ZULETA

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