CUATRO ASPECTOS DE LA JEP PLANTEAN CUESTIONES FRENTE AL ESTATUTO DE ROMA
Cuatro aspectos del marco legislativo de la JEP podrían plantear cuestiones de consistencia o compatibilidad con el derecho internacional consuetudinario y el Estatuto de Roma, a saber: la definición de responsabilidad del mando; la definición de “graves” crímenes de guerra; la determinación de la participación “acti- va o determinante” en los crímenes; y la implementación de las sanciones que conlleven “restricciones efectivas de libertades y derechos”. (...)
Respecto de la implementación de sanciones que involucren “restricciones efectivas de libertades y derechos”, la Fiscalía (de la CPI) ha señalado que la efectividad de las penas dependerá de la naturaleza y los alcances de las medidas que, combinadas, formarían una sanción y si, en las circunstancias particulares de un caso, cumplirían adecuadamente los objetivos de la pena y brindaría reparación a las víctimas.
El cumplimiento de dichos objetivos también de- penderá de una implementación efectiva de las restricciones de libertades y derechos, de un sistema riguroso de verificación, y de si su operacionalización con actividades que no forman parte de la sanción, como la participación en los asuntos políticos, no frustraría el objeto y fin de la pena