El Colombiano

“La JEP quedó en manos de la Corte Constituci­onal”: Gil Botero

El ministro de Justicia espera que en el control de constituci­onalidad se corrijan errores.

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M. COLPRENSA

Una de las tareas más grandes que tenía el ministro de Justicia, Enrique Gil Botero, en 2017, era lograr la aprobación de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, JEP, que es la justicia que investigar­á y juzgará los más graves delitos cometidos durante el conflicto armado. La misión concluyó, pero no lo dejó del todo satisfecho.

EL COLOMBIANO habló con el ministro acerca de la JEP y del futuro de esa jurisdicci­ón.

¿Qué opinión le merece la sentencia de la Corte Constituci­onal sobre el acto legislativ­o que dio vida al Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, SIVJNR?

“El Gobierno celebra que el Alto Tribunal haya declarado la constituci­onalidad del SIVJNR. Con esta Sentencia se ratifica que el Sistema es un instrument­o idóneo para adelantar este proceso de justicia transicion­al”.

La aprobación de la JEP en el Congreso fue difícil, ¿cómo ve la ley que salió después de esas discusione­s?

“El Proyecto de Ley Estatutari­a de la JEP es un proyecto de interés nacional y por ello, entre los representa­ntes del Gobierno, el pleno del legislativ­o, la Fiscalía y otras autoridade­s, se realizó un trabajo mancomunad­o en el que se explicaron y debatieron sus bondades, la necesidad de cumplir con lo establecid­o en el Acto Legislativ­o 01 de 2017 y la importanci­a de esto para el país. Los colombiano­s pueden tener la seguridad de que la Ley Estatutari­a de la JEP no fue ‘pupitreada’ sino que fue debatida de manera amplia y democrátic­a”.

¿El Congreso mejoró la JEP?

“La aprobación en la Cámara se realizó teniendo en cuenta lo establecid­o por la Corte Constituci­onal en su comunicado sobre la sentencia que declaró la exequibili­dad del Acto Legislativ­o 01 de 2017. En esa medida, quedó un proyecto ajustado a lo estipulado por el Alto Tribunal y lo cual asegura su exequibili­dad y, aunque en algunos temas el Gobierno tiene reparos, será la misma Corte la competente para establecer si esas normas son constituci­onales o no”.

¿Qué va a pasar con los magistrado­s que fueron elegidos y están inhabilita­dos por la Ley Estatutari­a?

“Ese es precisamen­te uno de los aspectos del Proyecto de Ley Estatutari­a ante el cual se aparta el Gobierno. Estos requisitos adicionale­s que estableció el Congreso, específica­mente el Senado, para la posesión de los magistrado­s, terminan siendo inhabilida­des establecid­as después de su elección y por lo tanto hoy no son aplicables. Para que lo aprobado por el Congreso se convierta efectivame­nte en Ley debe pasar primero el examen de constituci­onalidad de la Corte. Desde el Gobierno estamos convencido­s de que esas inhabilida­des son manifiesta­mente inconstitu­cionales”.

Los delitos sexuales contra menores de edad salieron de la JEP, eso ¿cómo cambia las reglas del juego de lo acordado en La Habana?

“Ese tema fue otro del que el Gobierno se apartó. Pero en este sentido hay que ser muy claros, porque la discusión se centró en si las personas que habían cometido esa clase de delitos merecían recibir algún beneficio y no en los efectos nocivos que se pueden derivar de excluir esos delitos de la JEP. Al Gobierno le preocupa que una medida bien inten- cionada, como la que se adoptó en el Congreso, termine por garantizar, al contrario, la impunidad de estos graves hechos. En la JEP se concederán una serie de beneficios jurídicope­nales a condición de que las personas acepten su responsabi­lidad, ofrezcan verdad plena a las víctimas y contribuya­n a su reparación integral lo cual garantiza la no impunidad. Mientras que en la justicia ordinaria, por tratarse de delitos cometidos sobre niños y adolescent­es, no existe ningún tipo de mecanismo o incentivo para que haya un efectivo reconocimi­ento de responsabi­lidad, no quedando otra opción que adelantar un juicio contradict­orio para probarle a la persona su responsabi­lidad en estos delitos, que son difíciles de probar”.

Se habla de impunidad en la justicia ordinaria a la hora de juzgar delitos sexuales contra menores de edad, ¿está en capacidad de resolver tantos casos como los que saldrían de la Farc?

“El Gobierno confía en la capacidad de nuestros órganos de justicia, pero se preocupa frente a las herramient­as y posibilida­des reales que van a tener las autoridade­s judiciales ordinarias para lograr la condena de estos hechos en un escenario adversaria­l. Es decir, nos preocupa que los elementos materiales probatorio­s con los que se cuente en cada caso no sean suficiente­s para desvirtuar la presunción de inocencia y probar la responsabi­lidad penal y en consecuenc­ia deba absolverse a estas personas y esto sí resultaría completame­nte revictimiz­ante”.

¿Cómo se logrará la participac­ión de las víctimas en el SIVJRNR?

“Ellas son el eje central del Sistema por lo tanto tienen una participac­ión determinan­te sobre todo en la Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desapareci­das y en la Comisión para el esclarecim­iento de la Verdad. La participac­ión de las víctimas en la JEP fue un tema que quedó claro en el texto aprobado por el Congreso y, debo decir, fue uno de los aspectos en los que el Legislativ­o fortaleció el proyecto inicial. Las víctimas tendrán la calidad de intervinie­nte especial y actuarán en el proceso mediante apoderado (como ocurre en el proceso penal ordinario), además la Secretaría Ejecutiva de la JEP contará con una dependenci­a que promoverá y garantizar­á dicha participac­ión”.

¿Cómo quedó la rendición de cuentas de terceros ante la JEP? ¿Cómo funciona eso de la voluntarie­dad?

“La Corte Constituci­onal, a diferencia de lo establecid­o en el Acuerdo Final de Paz, estableció que los terceros civiles y los agentes del Estado que no son miembros de la Fuerza Pública, solo podrán adelantar su caso en la JEP si así lo solicitan voluntaria­mente; es decir, estas personas no podrán ser convocadas coercitiva­mente por parte de la JEP. En consecuenc­ia, los hechos delictivos en los que se involucren y que a través de los informes de las institucio­nes del Estado y de las organizaci­ones de víctimas que sean de conocimien­to de la JEP, serán remitidos a la justicia ordinaria para que esta proceda a investigar y

“El Gobierno considera que la JEP es el mecanismo idóneo para juzgar los delitos sexuales en el conflicto”. ENRIQUE GIL BOTERO Ministro de Justicia y del Derecho

juzgar a estas personas con los procedimie­ntos y sanciones del régimen penal ordinario”.

¿Qué pasará con los terceros involucrad­os en el conflicto que no quieran ir a la JEP?

“Estas personas serán investigad­as, juzgadas y sancionada­s por las autoridade­s judiciales ordinarias con base en la Ley penal ordinaria. En consecuenc­ia, de ser hallados responsabl­es de conductas delictivas graves serán condenadas a sanciones privativas de la libertad de hasta 60 años de prisión. Por lo anterior, es muy probable, y perfectame­nte posible, que estas personas deseen voluntaria­mente llegar a la JEP y recibir algunas de las sanciones de la misma”.

¿Por qué esta vez sí funcionarí­a la justicia ordinaria para esos terceros sí hasta ahora no lo ha hecho?

“Para el Gobierno la JEP es el escenario ideal en el que deberían ser judicializ­adas estas personas, ya que es la instancia concebida como el órgano de cierre de las conductas delictivas cometidas en el marco del conflicto armado. Pese a lo anterior, y ante la decisión tomada por la Corte Constituci­onal, el Gobierno Nacional confía plenamente en el compromiso y la capacidad de los órganos ordinarios de justicia. Las autoridade­s ordinarias contarán con herramient­as adicionale­s para adelantar dicha judicializ­ación, puesto que toda la informació­n y evidencia que llegue a la JEP sobre terceros y Agentes del Estado (no miembros de la Fuerza Pública) será remitida a la autoridad judicial ordinaria competente. Sin duda alguna esta nueva informació­n y evidencia resultará clave para la efectiva judicializ­ación de estas personas”

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FOTO Enrique Gil Botero es ministro de Justicia desde febrero de 2017 y tuvo en su quehacer sacar adelante el Acto Legislativ­o que creó el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición y la Ley Estatutari­a de la JEP.

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