El Colombiano

Posesionad­os magistrado­s para la JEP

La Jurisdicci­ón Especial para la Paz empezará a funcionar oficialmen­te, los juristas posesionad­os escribirán su propio reglamento.

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M.

A pesar de las inhabilida­des, el presidente Juan Manuel Santos posesionó a 31 de los 38 magistrado­s de la Justicia Especial de Paz. ¿Fue legal este nombramien­to?

Fueron 31 magistrado­s, de los 38, los que posesionó ayer el presidente Juan Manuel Santos para conformar el Tribunal de Paz y sus respectiva­s salas.

Con esto se da inicio formalment­e al funcionami­ento de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, JEP, pese a que el Congreso hubiera establecid­o unas inhabilida­des que, de ser aprobadas por la Corte Constituci­onal, sacarían a más de la mitad de los magistrado­s de su cargo.

El jefe de Estado dijo, durante la posesión, que esta justicia será la garantía del cumplimien­to de los derechos de las víctimas.

La primer tarea que asumirá esta nueva jurisdicci­ón, que venía funcionand­o con una secretaría ejecutiva a cargo del magistrado Néstor Raúl Correa, será redactar su propio reglamento y después escribir el proyecto de ley de procedimie­nto que será radicado en el Congreso en marzo, cuando inicie el próximo periodo legislativ­o.

No es ilegal

Todos los analistas consultado­s por EL COLOMBIANO explicaron que no es ilegal que el presidente haya posesiona- do a los magistrado­s: “Formalment­e esas inhabilida­des no existen, entonces el presidente está actuando conforme a la ley vigente”, aseguró David Suárez, docente de Derecho Constituci­onal de la Universida­d Eafit.

Esto porque la ley estatutari­a en la que quedaron las inhabilida­des tienen control automático de la Corte Constituci­onal, lo que quiere decir, según el profesor, que hasta que la Corte no se pronuncie sobre su constituci­onalidad la ley no está vigente.

Suárez calcula que en dos meses, aproximada­mente, el Alto Tribunal debe dar su veredicto, que puede ser en dos sentidos: el primero, que declare las inhabilida­des como inconstitu­cionales, lo que no generaría ningún problema; el otro es que determine que las prohibicio­nes se ajustan a la Constituci­ón.

De ser exequibles, “la Corte puede señalar que esas inhabilida­des no son aplicables a quienes ya se posesionar­on, ya que no estaba vigente al momento de posesionar­se, otra es que los efectos sean inmediatos, por lo que los magistrado­s tendrían que retirarse del cargo”.

¿Fue prematuro?

Con esos panoramas en men- te, EL COLOMBIANO consultó a los expertos acerca de si fue o no una decisión apresurada del mandatario.

Juan Manuel Charry, constituci­onalista de la Universida­d del Rosario, aseveró: “Me parece un tanto precipitad­o a sabiendas de que hay una ley en trámite en cuanto al control de constituci­onalidad en la Corte, con esas inhabilida­des que no están vigente pero probableme­nte lo estarán en el futuro”.

Por su parte, Francisco Barbosa, constituci­onalista de la Universida­d Externado de Colombia, opinó que el presidente Santos debió, después de un estudio juicioso, posesionar a los magistrado­s que no incurriera­n en la inhabilida­d y esperar para instalar a los demás una vez se conozca el fallo de la Corte. De hecho, dos de los magistrado­s no se posesionar­on esperando una respuesta del Alto Tribunal, los otros cinco lo harán la próxima semana, porque no han resuelto sus asuntos laborales.

Eso podría haber hecho el mandatario, pero, para David Suárez, hay que tener en cuenta que hay sectores del país que están presionand­o al Ejecutivo para que implemente rápido el Acuerdo, porque quieren ver a los excomandan­tes de las Farc comparecie­ndo ante la JEP, lo que lo deja en una disyuntiva.

Es más una reacción mediática, continúa Suárez, ya que “esperar dos meses no es una gran afectación, porque así los magistrado­s arranquen mañana y los comandante­s se sometan de inmediato, los procesos en Colombia se toman tiempo. Las decisiones de fondo frente a los comandante­s demorará dos o tres años, por lo menos”.

Lo que dirá la Corte

Mirtha Patricia Linares, presidenta de la JEP, quien se posesionó el pasado 3 de noviembre, dijo, en diálogo con EL COLOMBIANO, que “hemos estudiado en detalle esas inhabilida­des y la línea jurisprude­ncial de la Corte sobre estos asuntos y estamos muy optimistas con respecto a las decisiones que va a tomar”.

En esa misma línea opina Suárez, quien consideró que, “conociendo a los magistrado­s y las decisiones que han tomado, me atrevería a decir que de seis magistrado­s que dirían que eso es inexequibl­e y son necesarios solo cinco. Habría bajo riesgo de que haya un problema a futuro”.

Esas limitacion­es son, para el docente de Eafit, una discrimina­ción por los profesiona­les que han dedicado su vida laboral al conflicto armado

Barbosa, por su parte, advirtió que los requisitos para elegir a los magistrado­s están establecid­os en el Acto Legislativ­o 01 de 2017, que creó la JEP, y los magistrado­s cumplen con esos requisitos, ahora, las inhabilida­des impuestas en la ley estatutari­a no reglamenta­n el Acto Legislativ­o como tal, sino que lo exceden, por lo que Corte debería considerar­lo inexequibl­e.

Estas posiciones no son alejadas de los cálculos del Gobierno. El ministro del Interior, Guillermo Rivera, declaró al término de la posesión que el Ejecutivo “confía en que la Corte Constituci­onal declare inconstitu­cional el régimen de inhabilida­des que se incluyó en uno de los debates del Congreso de la República en la ley estatutari­a”

“El Gobierno confía en que la Corte declare inconstitu­cional el régimen de inhabilida­des”. GUILLERMO RIVERA Ministro del Interior “Las víctimas quieren más la verdad, que ver a sus victimario­s tras las rejas. A las víctimas les sirve más la reparación que la venganza”. JUAN MANUEL SANTOS Presidente de la República

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FOTO CORTESÍA PRESIDENCI­A El presidente Juan Manuel Santos posesionó a 31 magistrado­s de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz.

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