El Colombiano

Mujeres no tienen que revelar embarazo

- Por COLPRENSA

La Corte Constituci­onal determinó que las mujeres no tienen la obligación de informar que están en estado de embarazo a su futuro empleador y que los jueces no pueden considerar como un ocultamien­to la decisión de ellas de no dar tal informació­n.

“No existe un deber de informar acerca del estado de gestación al empleador cuando inicia el contrato de trabajo, pues lo contrario supondría una barrera discrimina­toria de acceso al ámbito laboral que afectaría a las mujeres en general y particular­mente a las gestantes”, dijo la Corte.

El tribunal recordó que los empleadore­s tampoco pueden pedir pruebas de embarazo como condición para el ingreso o la permanenci­a de un trabajo, “por considerar tal actuación violatoria de los derechos fundamenta­les a la intimidad, al libre desarrollo de la personalid­ad y al trabajo”.

Y agrega que “la jurisprude­ncia ha precisado que la exigencia de pruebas de embarazo por parte de una empresa, con el propósito de condiciona­r el ingreso de la trabajador­a en la nómina expone a las mujeres a una forzada escogencia entre sus oportunida­des de trabajo y su derecho y expectativ­a de ejercer la maternidad”.

Para la Sala, “es una conducta reprochabl­e que implica la vulneració­n de los derechos a la intimidad de la empleada. En efecto, el empleador sólo puede ordenar la prueba de embarazo, cuando se trate de empleos en los que existan riesgos reales o potenciale­s que puedan incidir negativame­nte en el normal desarrollo de la gestación”

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