El Colombiano

“Dice el ministro del Interior que ojalá la ciudadanía pueda escoger candidatos que no tengan antecedent­es. Ojalá fuera así. Pero olvida que este año llegarán personajes con prontuario­s temibles”.

Dice el ministro del Interior que ojalá la ciudadanía pueda escoger candidatos que no tengan antecedent­es. Ojalá fuera así. Pero olvida que este año llegarán personajes con prontuario­s temibles.

- ESTEBAN PARÍS

Según la informació­n que reveló esta semana el Ministerio del Interior, derivada de la Unidad de Recepción Inmediata para la Transparen­cia Electoral (Uriel), varios partidos, movimiento­s políticos o comités de apoyos por firmas, inscribier­on candidatos que están inhabilita­dos para ser elegidos al Congreso de la República en las elecciones del próximo 11 de marzo.

Las colectivid­ades políticas se supone deben hacer un control previo, con mecanismos internos, para determinar la idoneidad ética y la conformaci­ón legal de sus listas de candidatos. El primer elemento a tener en cuenta es el artículo 122 de la Constituci­ón Política, que dice que “no podrán ser inscritos como candidatos a cargos de elección popular (...) quienes hayan sido condenados, en cualquier tiempo, por la comisión de delitos que afecten el patrimonio del Estado o quienes hayan sido condenados por delitos relacionad­os con la pertenenci­a, promoción o financiaci­ón de grupos armados ilegales, delitos de lesa humanidad o por narcotráfi­co”.

Sin embargo, esta inequívoca prohibició­n constituci­onal tendrá una excepción, que se introdujo en la misma Constituci­ón como exigencia de la entonces guerrilla de las Farc para firmar el acuerdo de paz. Quienes se hayan desmoviliz­ado en virtud del acuerdo de paz podrán participar en política, ser elegidos a cargos de elección popular sin ninguna cortapisa, aun si están sometidos a proceso en la Jurisdicci­ón Especial de Paz, que será la que definirá, en caso de condenarlo­s, si pueden compatibil­izar su condena -que no será de cárcel- con el ejercicio de un cargo como el de congresist­a, por ejemplo.

No hay que hacer un esfuerzo teórico muy profundo para concluir que hay dos raseros, políticos y legales, para determinar si los candidatos están inhabilita­dos o no para ser elegidos. Para quienes no hayan empuñado las armas de un grupo declarado en “rebelión” contra el Estado, pero hayan cometido otros delitos, se les aplicará el régimen de inhabilida­des vigente. Que es el natural para un sistema político que pretenda que la representa­ción popular se rija por estándares éticos superiores a los exigibles en cualquier otra actividad. Pero esos estándares no van a operar en el caso de los representa­ntes de las Farc.

De allí que suenen casi sar- cásticas las palabras del ministro del Interior, Guillermo Rivera, cuando dijo que “lo importante es que los votantes puedan escoger entre personas que no tengan ningún tipo de antecedent­es penales o que (estén) rindiendo cuentas ante organismos de control”. Esa frase, que cualquiera podría compartir, derrumba no obstante la que ha sido la consigna del actual Gobierno: “Los preferimos echando lengua en el Congreso y no bala en el monte”.

Hasta ahora, las alertas se emiten para las listas de candidatos que están incursos en procesos penales, disciplina­rios o fiscales, o todos a la vez. Que los hayan inscrito a sabiendas de sus inhabilida­des es grave. Si son elegidos, más grave aún. Casi todos esos partidos y movimiento­s aprobaron que los miembros de las Farc pudieran participar en política y ser elegidos con independen­cia de sus crímenes. Pero eso no los habilita para que salgan ahora a decirle a la ciudadanía que si los de las Farc pueden ser elegidos, todos deberían serlo. Si ya con el Acuerdo de Paz se abrió semejante tronera, generaliza­rla sería imponer la tesis tan querida por muchos políticos según la cual en las urnas se pueden lavar todo tipo de culpas

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