Go five no puede operar más y entra en liquidación: SIC
No es la primera vez que Go Five se relaciona con la Superintendencia de Sociedades. La entidad, que ahora ordenó la liquidación de la empresa, ya había suspendido sus operaciones por no obedecer la norma que enmarcaba su actividad en una multinivel.
En el curso del proceso Go Five no pudo explicar las irregularidades investigadas, sobre todo, en la falta de claridad del mecanismo de compensación entre los que participaban a la red y su actividad.
Esa es una de las falencias recurrentes existentes entre las pirámides que se disfrazan de multinivel, entre otros aspectos, que no establecen una relación de causalidad entre el monto de compensación y la venta de bienes o servicios
De hecho, tuvo problemas por “la imposibilidad de uso de bonos comprados, la inseguridad y falta de garantías en lo vendido, problemas en la entrega de los productos, cam- bios constantes en forma de afiliación y formas de pago e implementación de un nuevo plan de compensación denominado ‘Plan Profesional’”, analizó la entidad en el auto de febrero de 2016.
“La liquidación judicial pretende el aprovechamiento ordenado del patrimonio del deudor en favor de sus acreedores”, explicó el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar. En este caso se inicia con unas cifras que a corte de 31 de diciembre de 2016 se referenciaban en 3.226 millones de pesos, pero que serán corroboradas a la luz del proceso con el agente que liderará la liquidación.
De hecho, el auto de este año, exige que se tengan al menos tres propuestas de avaluadores para que garantice la idoneidad de el proceso.
Así la Superintendencia ordenó el secuestro y embargo de todos los bienes “y advirtió que estas medidas prevalecen sobre las que se hayan decretado y practicado en los procesos de ejecución y de otra naturaleza en que se persigan bienes de la deudora”, aseguró la entidad a través de un comunicado de prensa.
Los administradores actuales y anteriores de la compañía y los empresarios detrás de la organización no pueden disponer de ningún bien que forme parte del patrimonio liquidable o de realizar pagos o arreglos sobre obligaciones anteriores al inicio del proceso de liquidación judicial.
No hacer caso sobre el proceso propuesto podría acarrear multas de hasta 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMMLV), al actual sería de 156,2 millones de pesos