El Colombiano

Corte avala con condicione­s la Ley de Amnistías e Indultos

- Por OLGA PATRICIA RENDÓN M.

La Sala Plena de la Corte Constituci­onal avaló ayer, con algunos condiciona­mientos, la Ley de Amnistías, Indultos y Tratamient­os Penales Diferencia­dos que establece una serie de beneficios para desmoviliz­ados de grupos que firmaron acuerdos de paz y para los agentes del Estado responsabl­es de delitos cometidos por causa y en relación directa del conflicto armado.

Estas ventajas son otorga- das únicamente para los delitos políticos y conexos, como rebelión, asonada, porte de armas, entre otros, y no para los de lesa humanidad, ni los graves crímenes de guerra.

Pero para que los implicados puedan recibir los beneficios, la Corte señaló que el compromiso de contribuir a la garantía de los derechos de las víctimas es una condición “de acceso y permanenci­a”, durante la vigencia de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, JEP.

El Alto Tribunal precisó que se entenderá que hay incumplimi­ento si la persona, teniendo la obligación de acudir al sistema, se rehusa a hacerlo de manera injustific­ada; si no acata los requerimie­ntos del Tribunal de Paz para la reparación de las víctimas y si no acude ante la Comisión de la Verdad y a Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desapareci­das.

Será la JEP quien determine si hubo cumplimien­to

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia