El Colombiano

Los carteles empresaria­les, ¿traspasan fronteras?

Comunidad Andina de Naciones multó a Grupo Familia y a Kimberly Colpalpel. Hay distintas visiones.

- Por FERNEY ARIAS JIMÉNEZ

Un nuevo capítulo en los procesos contra la cartelizac­ión empresaria­l abrió la Comunidad Andina de Naciones (CAN), al multar a las empresas Colombiana Kimberly Colpapel y Grupo Familia y a sus filiales en Ecuador, por haber infringido, presuntame­nte, el régimen andino de competenci­a en el mercado de papeles suaves.

La decisión contenida en la Resolución 2006 de mayo de 2018 (que se conoció ayer) obedece a que la investigac­ión “encontró una conducta de concertaci­ón de precios”, que habría ocurrido entre enero de 2006 y, por lo menos, hasta diciembre de 2013, “originada por Kimberly y Familia en Colombia con efectos en el mercado ecuatorian­o”.

El Artículo 6 de la Resolución señaló que Productos Familia (Colombia) y Productos Familia Sancela del Ecuador deben cancelar 16,85 millones dólares (47.803 millones de pesos con una tasa de cambio del dólar de 2.835,78 pesos).

Tras ser notificada de la determinac­ión, Productos Familia explicó en un comunicado enviado a la Superinten­dencia Financiera que la sanción impuesta es equivalent­e al 3,5 % de sus ventas.

No obstante, la compañía puede recurrir la decisión ante la misma CAN o solicitar su nulidad ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina.

EL COLOMBIANO intentó obtener más detalles de este caso con las directivas de Familia, pero la empresa indicó que no haría referencia­s diferentes a las expresadas en el comunicado.

Para Colombiana Kimberly Colpapel y su asociada Kimberly Clark del Ecuador la multa fue de 18,34 millones de dólares (52.022 millones de pesos con una tasa de cambio del dólar de 2.835,78 pesos).

Una división

Al comentar la decisión de la Comunidad Andina de Naciones (CAN), el superinten­dente de Industria y Comercio, Pablo Felipe Robledo, manifestó que el organismo regional acogió la tesis de que lo que hicieron las compañías en Colombia tuvo efectos en Ecuador.

“A juicio de la CAN se trató de un cartel con efectos subregiona­les, es decir, con efectos no solo en un país sino en la subregión andina (efectos transfront­erizos). O sea, que el

“Colombia y Perú recomendar­on no sancionar, pero Bolivia y Ecuador considerar­on que había un cartel Andino”. PABLO FELIPE ROBLEDO Superinten­dente Industria y Comercio.

cartel además de Colombia era un cartel andino”, mencionó.

Mientras la SIC y el Instituto Nacional de Defensa de la Competenci­a y de la Protección de la Propiedad Intelectua­l Perú (Indecopi) opinaron que lo que había era un cartel en Colombia y otro en Perú con efectos nacionales y no un cartel regional, su pares de Bolivia y Ecuador considerar­on que sí hubo un cartel Andino y recomendar­on la penalidad, según se cita en la resolución. El desempate estuvo a cargo de Walker San Miguel Rodrí

guez, secretario de la CAN. La Resolución 2006 también señaló que las multas impuestas estuvieron en rangos de 41,4 % y 35,1 % de las sanciones máximas que se pudieron aplicar, e insta a las compañías a adoptar las medidas correctiva­s para asegurar que este tipo de conductas no se repitan (ver Dicen de).

Para el exsuperint­endente de Industria y Comercio, Jairo

Rubio, la actuación de la CAN generará controvers­ia por mucho tiempo, porque Familia y Kimberly reconocier­on en el país, mediante un programa de delación, que incurriero­n en una práctica anticompet­itiva. “Lo que surge ahora es que tras recibir la multa de la SIC las empresas vuelven a ser sancionada­s, entonces la duda que surge es sobre qué estamento era el competente para adelantar las investigac­iones y aplicar las multas: ¿la superinten­dencia o la CAN?”

A su turno, Mauricio Esco

bar, gerente de la empresa Escobar Salas Consultore­s, consideró como un aspecto positivo que el sistema jurídico de la CAN funcione y aplique sanciones a las empresas que incurren en prácticas anticompet­itivas.

“Desde el punto de vista económico también hay que resaltar que se castigue a las compañías. Y desde lo ético y lo moral sigue siendo muy complicado que a las empresas les sigan comproband­o la realizació­n de este tipo de prácticas”, expresó el asesor empresaria­l, quien se declaró partidario de un aumento en las sanciones que se impongan por estas actuacione­s

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Fuente: Superfinan­ciera y Supersocie­dades. Infografía: EL COLOMBIANO © 2018. JT (N4)

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