El Colombiano

En firme multa por cartel cementero

- FERNEY ARIAS JIMÉNEZ

Consejo de Estado tomó la decisión por competenci­a desleal cometida en 2005. “El mandato de una autoridad de competenci­a es que exista competenci­a, así que lo importante no es sancionar”. JAIRO RUBIO Exsuperint­endente de Industria y Comercio.

Una sentencia proferida el pasado jueves y revelada ayer por el Consejo de Estado puso fin, luego de trece años, a uno de los procesos que por cartelizac­ión empresaria­l o competenci­a desleal ejecutó la Superinten­dencia de Industria y Comercio (SIC), en contra de la industria cementera.

En un comunicado, publicado en la web, el tribunal supremo de la jurisdicci­ón de lo contencios­o administra­tivo confirmó las sanciones por 923 millones y 138 millones de pesos, impuestas por la SIC (en diciembre de 2008), a Cemex, y a su representa­nte legal (para la época de los hechos), César Constain Van Reck, por infringir el régimen legal de libre competenci­a.

“En el fallo se advierte el surgimient­o de indicios sobre la existencia de acuerdos de repartició­n de mercados y de asignación de cuotas de producción entre Cemex, Holcim y Argos, que incidían en el comportami­ento de los precios, la afectación de la oferta y el manejo de las ventas del cemento gris a nivel nacional”, se lee en el texto, que solo hace hincapié en que las sanciones cobijan a Cemex, sin que haya posibilida­des de interponer más recursos (ver Causas).

EL COLOMBIANO intentó obtener un pronunciam­iento de Cemex, pero sus voceros indicaron que su área jurídica no había sido notificada de la decisión y que cualquier informació­n la reportaría­n al mercado mediante la web de la Superinten­dencia Financiera, cosa que no había sucedido al cierre de esta edición.

Fuentes de Argos evitaron emitir algún concepto sobre la determinac­ión proferida por el Consejo de Estado, aunque se- ñalaron que esta providenci­a no vincula a la cementera paisa.

Largo camino

El exsuperint­endente de Industria y Comercio Jairo Rubio, quien lideró la investigac­ión en 2005, le explicó a este diario que como parte de ese proceso las compañías ofrecieron unas garantías para terminar esa actuación, que implicaban que habría una competenci­a leal.

“En ese momento Cemex y Holcim incumplier­on las garantías, y por eso les impusimos las multas máximas que estaban vigentes y de ahí la sanción que confirmó el Consejo de Estado. Y para Argos no hubo sanciones, porque sí cumplió los compromiso­s”, comentó Rubio.

A su turno, la SIC expidió un comunicado en el que explicó que las indagacion­es realizadas en ese momento probaron que “los precios del ce- mento presentaro­n un comportami­ento paralelo entre junio y diciembre de 2005”.

En otro de sus apartados mencionó que “existió suficiente evidencia del intercambi­o de informació­n y las reuniones que celebraban los representa­ntes legales y del área comercial, lo cual propició la cartelizac­ión entre Argos, Cemex y Holcim”.

En diciembre de 2017, la SIC impuso una nueva sanción por cartelizac­ión empresaria­l (que según señala la entidad se desarrolló entre enero de 2010 y diciembre de 2012) a las mismas compañías con una multa de 202.805 millo-

nes de pesos. Las empresas interpusie­ron acciones contra esta decisión, que aún no han sido resueltas.

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