El Colombiano

Bandas, con alternativ­a jurídica

El proyecto aprobado por Senado y Cámara, para la “sujeción” de grupos armados, promete rigor carcelario y respeto a víctimas. Un mecanismo que debe servir para reducir violencias e ilegalidad.

- ESTEBAN PARÍS

El proyecto de ley aprobado esta semana por el Senado y la Cámara, que adopta medidas para la “sujeción de las organizaci­ones criminales a la justicia”, debe servir para crear condicione­s de afianzamie­nto del orden público, el respeto de los derechos humanos y el debilitami­ento de la ilegalidad, pero muy en especial debe impedir la impunidad y la desprotecc­ión de las víctimas.

En esa línea se entiende que los integrante­s de los grupos armados que se acojan a los mecanismos de esa ley en trámite tendrán rebajas de penas, pero una privación efectiva de la libertad, en condicione­s carcelaria­s e intramural­es, y no estarán exentos de ser extraditad­os, si es procedente.

El texto del proyecto advierte que se salvaguard­an los derechos de quienes han sido afectados por las acciones de esas bandas y hay disposicio­nes claras de que los engaños o la reincidenc­ia, de los sujetos a esta ley, darán cabida a que se apliquen, sin excepcione­s, los términos ordinarios del Código Penal. Esta alternativ­a jurídica no deberá volverse, entonces, una madre de vicios y burlas.

El nuevo marco debe servir de complement­o a la protec- ción de los acuerdos con las Farc, en el sentido de que no se amenace la vida de los excombatie­ntes, no se les reclute para retornar a las armas y no se frustre su reinserció­n, pero debe servir, muy en especial, para proteger a la población civil de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, al tiempo que desactiva actores y factores que promueven la cultura de la ilegalidad y que atentan contra la institucio­nalidad y el Estado de Derecho.

Los Grupos Armados Organizado­s (GAO) y los Grupos Delictivos Organizado­s (GDO), a los cuales se dirigen los efectos de la futura ley, tendrán garantías de concentrac­ión y procesales, pero a su vez deberán cumplir reglas claras en su identifica­ción y motivación para acogerse a tales beneficios, con compromiso­s de co- operar con la investigac­ión judicial y de cesación definitiva de su accionar criminal.

En otros editoriale­s se observó que una fórmula de sometimien­to como esta debe carecer de condiciona­mientos a la institucio­nalidad y el Estado, y debe implicar alivio humanitari­o y social, sin impunidade­s ni postergaci­ón para reconocer a las víctimas verdad, justicia y reparación.

Es prioridad, en los alcances y propósitos del proyecto, el “acercamien­to colectivo”, en especial para los GAO, por sus dimensione­s territoria­les, militares y de unidad de mando. Pero no se descarta la sujeción individual, dado que la filosofía general del mecanismo es el progresivo desmonte de los factores de violencia e ilegalidad que pueden afectar los acuerdos con la Farc, pero de manera más amplia la convivenci­a y el orden público de todos los ciudadanos y en todas las regiones del país.

Que el Ejecutivo, la Fiscalía y los jueces sean capaces de proyectar esta herramient­a en la dirección de aclimatar, paso a paso, la paz de la nación, y que no se desvirtúe en dilaciones ni dobleces frente a la autoridad y la fuerza que deben seguir imponiendo y administra­ndo el Estado y sus organismos de seguridad, además del desarrollo y el bienestar, en materia de derechos, que correspond­e garantizar al resto del aparato institucio­nal.

Los congresist­as creen que esa fórmula ayudará al desmonte completo de bandas, los colombiano­s la reciben con la exigencia de que sea coherente con el respeto a las víctimas y la reducción de la violencia y la ilegalidad

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ILUSTRACIÓ­N

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