Bandas, con alternativa jurídica
El proyecto aprobado por Senado y Cámara, para la “sujeción” de grupos armados, promete rigor carcelario y respeto a víctimas. Un mecanismo que debe servir para reducir violencias e ilegalidad.
El proyecto de ley aprobado esta semana por el Senado y la Cámara, que adopta medidas para la “sujeción de las organizaciones criminales a la justicia”, debe servir para crear condiciones de afianzamiento del orden público, el respeto de los derechos humanos y el debilitamiento de la ilegalidad, pero muy en especial debe impedir la impunidad y la desprotección de las víctimas.
En esa línea se entiende que los integrantes de los grupos armados que se acojan a los mecanismos de esa ley en trámite tendrán rebajas de penas, pero una privación efectiva de la libertad, en condiciones carcelarias e intramurales, y no estarán exentos de ser extraditados, si es procedente.
El texto del proyecto advierte que se salvaguardan los derechos de quienes han sido afectados por las acciones de esas bandas y hay disposiciones claras de que los engaños o la reincidencia, de los sujetos a esta ley, darán cabida a que se apliquen, sin excepciones, los términos ordinarios del Código Penal. Esta alternativa jurídica no deberá volverse, entonces, una madre de vicios y burlas.
El nuevo marco debe servir de complemento a la protec- ción de los acuerdos con las Farc, en el sentido de que no se amenace la vida de los excombatientes, no se les reclute para retornar a las armas y no se frustre su reinserción, pero debe servir, muy en especial, para proteger a la población civil de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra, al tiempo que desactiva actores y factores que promueven la cultura de la ilegalidad y que atentan contra la institucionalidad y el Estado de Derecho.
Los Grupos Armados Organizados (GAO) y los Grupos Delictivos Organizados (GDO), a los cuales se dirigen los efectos de la futura ley, tendrán garantías de concentración y procesales, pero a su vez deberán cumplir reglas claras en su identificación y motivación para acogerse a tales beneficios, con compromisos de co- operar con la investigación judicial y de cesación definitiva de su accionar criminal.
En otros editoriales se observó que una fórmula de sometimiento como esta debe carecer de condicionamientos a la institucionalidad y el Estado, y debe implicar alivio humanitario y social, sin impunidades ni postergación para reconocer a las víctimas verdad, justicia y reparación.
Es prioridad, en los alcances y propósitos del proyecto, el “acercamiento colectivo”, en especial para los GAO, por sus dimensiones territoriales, militares y de unidad de mando. Pero no se descarta la sujeción individual, dado que la filosofía general del mecanismo es el progresivo desmonte de los factores de violencia e ilegalidad que pueden afectar los acuerdos con la Farc, pero de manera más amplia la convivencia y el orden público de todos los ciudadanos y en todas las regiones del país.
Que el Ejecutivo, la Fiscalía y los jueces sean capaces de proyectar esta herramienta en la dirección de aclimatar, paso a paso, la paz de la nación, y que no se desvirtúe en dilaciones ni dobleces frente a la autoridad y la fuerza que deben seguir imponiendo y administrando el Estado y sus organismos de seguridad, además del desarrollo y el bienestar, en materia de derechos, que corresponde garantizar al resto del aparato institucional.
Los congresistas creen que esa fórmula ayudará al desmonte completo de bandas, los colombianos la reciben con la exigencia de que sea coherente con el respeto a las víctimas y la reducción de la violencia y la ilegalidad