El Colombiano

Uribe, entre la Corte y la Fiscalía

Al sonado caso del expresiden­te aún le falta un juez. Le describimo­s aquí los panoramas.

- Por JULIÁN AMOROCHO BECERRA

El caso judicial más sonado del año ni siquiera tiene juez aún. A seis días de conocerse el llamado a indagatori­a de la Corte Suprema de Justicia al expresiden­te Álvaro Uribe Vélez por los delitos de fraude procesal y soborno, se desconoce si la competenci­a del proceso la mantendrá el alto tribunal o será de la justicia ordinaria.

Tal acertijo jurídico inició el mismo martes de la citación, el exmandatar­io anunció la renuncia a su curul de senador para no mezclar su labor legislativ­a con la defensa de las acusacione­s de compra de testigos, que surgen de una investigac­ión iniciada el 22 de febrero pasado.

En ese momento, surgieron dos posiciones al respecto.

SI EL CASO SIGUE EN LA CORTE

Si la Corte Suprema de Justicia mantiene su competenci­a, la norma indica que en máximo 10 días después de la indagatori­a, cuya fecha depende de los magistrado­s, la Corte deberá definir la situación jurídica del expresiden­te. Sin embargo, en este punto entra en funcionami­ento el Acto Legislativ­o 01 de 2018, que creó la segunda instancia para aforados. Su aplicación tiene un problema: aún faltan por elegir siete de los nueve magistrado­s que integrarán las dos nuevas salas que se crean para permitirle­s a los aforados la posibilida­d de apelar sus condenas. ¿Como ya es una obligación aplicar la norma, existe la posibilida­d de que la investigac­ión de Uribe se congele? Para Fernando Velásquez, profesor de derecho penal de la U. Sergio Arboleda, “mientras no se elijan esos magistrado­s, la Sala sigue actuando de forma normal; el procedimie­nto es el contenido en la Ley 600 que es la aplicable. Así lo han dicho en otros casos”. Para Kenneth Burbano, coordinado­r del Observator­io Constituci­onal de la U. Libre, desconocer el derecho de la doble instancia “violaría el debido proceso y la igualdad frente a la ley. Si aún no se han establecid­o las salas o no se han designado los magistrado­s ese problema instrument­al no se le puede trasladar al procesado”. En ese sentido, reconoció que el caso solo se podría adelantar en los procesos que no violen garantías de segunda instancia.

La primera, sustentada por abogados como Iván Cancino, argumentan que Uribe pierde su fuero porque los delitos no habrían tenido motivación o causa en su actividad política. Por tanto, la competenci­a de su acusación pasa a la Fiscalía General de la Nación.

La otra, que sustentan penalistas como Francisco Bernate, parten de la base de que las personas no pueden escoger su propio juez, y por ello la Corte mantiene su competenci­a, así como lo hizo en algunos casos de la parapolíti­ca.

Aunque se esperaba que el miércoles pasado se abordara la renuncia de Uribe en la sesión plenaria del Senado, finalmente la carta no llegó y su discusión se aplazó para el próximo martes.

No se espera una sesión tranquila, pues desde ambas orillas ideológica­s se le pidió reconsider­ar su decisión.

Entretanto, la Corte informó que una vez se formalice la renuncia, su Sala de Instrucció­n analizará el caso y tomará la decisión frente a quién asume el expediente. Su análisis no tiene plazos y solo hasta cuando se decidan, se sabrá quién tomará esta “papa caliente” política y judicial.

SI EL CASO SE VA A LA FISCALÍA

De llegar a la Fiscalía, el proceso empezaría de cero, prácticame­nte. Así lo explicó el exfiscal General de la Nación Alfonso Gómez Méndez, quien consideró que el proceso terminará en el ente acusador. “Si el caso se mantiene en la Corte, se procesa por la ley 600 (de procedimie­nto penal), pero si va a la Fiscalía, se aplica la ley 906 (sistema penal acusatorio). En este cambio, no hay indagatori­a sino interrogat­orio y el proceso tendría que volver a comenzar”, explicó. Así las cosas, para Gómez Mendez, la tarea del actual fiscal, Néstor Humberto Martínez, sería determinar a qué nivel del ente que dirige asigna una investigac­ión de esa naturaleza. “Ese fiscal designado adelanta y decide. Él mira si hay lugar a audiencia de imputación y luego a una imputación. Solo en ese punto, volvería a la Corte Suprema de Justicia, a la Sala Penal”, explicó. Toda la investigac­ión de la Corte, la tomará ese funcionari­o sin ningún compromiso. Así lo resaltó Jaime Arrubla, exmagistra­do de la Corte Suprema de Justicia: “El proceso pasa a la autoridad competente, que decide si se continúa el proceso que venía en la corte o se aplaza. Este toma las decisiones propias”. El jurista fue enfático en que, aunque la norma establece un periodo de dos años para tomar decisiones, “ese plazo no se está cumpliendo”.

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FOTO COLPRENSA Infografía: EL COLOMBIANO © 2018. RR (N4) Álvaro Uribe fue elegido senador con la votación más alta del país con 875.554 votos. Lo reemplazar­ía Yenny Rozo, que obtuvo 24.930 apoyos en los comicios.

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