El Colombiano

La JEP ya tiene aval para operar a fondo

- Por JAVIER ALEXANDER MACÍAS

La reglamenta­ción de la Jurisdicci­ón Especial para la Paz, JEP, contó con la aprobación de la Corte Constituci­onal y de paso obtuvo todas las herramient­as para cumplir a cabalidad con lo planteado en el Acuerdo de Paz con Farc: un mecanismo transicion­al para cerrar el conflicto armado.

Temas álgidos que se encontraba­n entre el tintero como las penas que deberán pagar los excombatie­ntes por delitos cometidos en el marco del conflicto siempre y cuando reconozcan la verdad y los abusos sexuales a menores de edad que hicieron parte del grupo guerriller­o.

“En relación con los delitos sexuales cometidos contra los menores de edad, la Corte no entró a revisar el fondo del tema, sencillame­nte, determinó que el Congreso de la República no tenía competenci­a para entrar a establecer sanciones diferentes a las que están establecid­as en el artículo 13 transitori­o del Acto Legislativ­o 01 de 2017”, expresó el magistrado Alejandro Linares,

presidente de la Corte.

En el tema de la extradició­n, la Corte decidió que, en términos generales, lo acordado se ajusta a la Constituci­ón y no se podrá extraditar a exintegran­tes de las Farc que se acojan a la JEP.

“Se mantiene lo que trae el artículo 19 transitori­o del Acto Legislativ­o 01 de 2017, hay una prohibició­n de extradició­n a los miembros de las Farc por delitos anteriores al 1 de diciembre de 2016 y hay una posibilida­d de extradició­n para los delitos posteriore­s definidos por el mismo artículo 19”, destacó el magistrado.

La Corte dejó claro, además, que los terceros que cometieron delitos en el marco de las hostilidad­es, no están obligados a comparecer ante la JEP

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