La JEP ya tiene aval para operar a fondo
La reglamentación de la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, contó con la aprobación de la Corte Constitucional y de paso obtuvo todas las herramientas para cumplir a cabalidad con lo planteado en el Acuerdo de Paz con Farc: un mecanismo transicional para cerrar el conflicto armado.
Temas álgidos que se encontraban entre el tintero como las penas que deberán pagar los excombatientes por delitos cometidos en el marco del conflicto siempre y cuando reconozcan la verdad y los abusos sexuales a menores de edad que hicieron parte del grupo guerrillero.
“En relación con los delitos sexuales cometidos contra los menores de edad, la Corte no entró a revisar el fondo del tema, sencillamente, determinó que el Congreso de la República no tenía competencia para entrar a establecer sanciones diferentes a las que están establecidas en el artículo 13 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017”, expresó el magistrado Alejandro Linares,
presidente de la Corte.
En el tema de la extradición, la Corte decidió que, en términos generales, lo acordado se ajusta a la Constitución y no se podrá extraditar a exintegrantes de las Farc que se acojan a la JEP.
“Se mantiene lo que trae el artículo 19 transitorio del Acto Legislativo 01 de 2017, hay una prohibición de extradición a los miembros de las Farc por delitos anteriores al 1 de diciembre de 2016 y hay una posibilidad de extradición para los delitos posteriores definidos por el mismo artículo 19”, destacó el magistrado.
La Corte dejó claro, además, que los terceros que cometieron delitos en el marco de las hostilidades, no están obligados a comparecer ante la JEP