Ilimitada, la palabra que puso en jaque a TigoUNE con la SIC
La empresa de comunicaciones podría enfretarse a una multa por el orden de los $11.718 millones.
Ilimitada fue la expresión que causó controversia en la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para que TigoUne tuviese que retirar la publicidad de sus nuevos servicios en un tiempo máximo de 24 horas hábiles siguientes una vez conocida la decisión. “El cumplimiento de esta medida debe efectuarse a más tardar al finalizar el sábado 22 de septiembre de 2018”, establece la resolución número 70764 del 21 de septiembre de 2018.
De acuerdo con el texto legal, la SIC consideró que la nueva campaña publicitaria de TigoUne en la que informa sobre sus nuevos planes ilimitados, uno por 100 mil pesos con un tope de 30GB y otro de 75 mil con un límite de 15GB, es engañosa debido a que los paquetes tienen una restricción: luego de consumir los datos el usuario navegará a una velocidad de 256kbps (ver Paréntesis).
A esto se le suma que la SIC encontró que las limitaciones establecidas por TigoUne son contrarias a lo estipulado en la regulación vigente expedida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones donde, según la Superfinanciera, se establece que “para planes de Internet que se comercializan bajo el eslogan de ‘ilimitados’ solo podrán establecerse condiciones asociadas a (i) la tecnología de la red sobre la cual se presta el servicio (2G, 3G o 4G) o (ii) la velocidad efectiva ofrecida para el plan”.
En tal sentido, Jairo Rubio, consultor y exsuperintendente de Industria y Comercio, ex- plicó que la decisión de la SIC se ajusta a la ley y solo busca proteger a los consumidores de productos o, en este caso, servicios que no contemplen lo que la empresa está ofreciendo. “Esta es una medida preventiva de carácter institucional”, resaltó.
Después de emitida esta medida viene, según Rubio, un proceso administrativo en el cual la compañía de telecomunicaciones presidida por Marcelo Cataldo tendrá la posibilidad de ejercer su derecho a la defensa y contradicción.
Hasta ahora, TigoUne solo ha informado por medio de un comunicado de prensa que no ha sido notificada de decisión alguna por la SIC, pero que una vez tenga conocimiento formal tomarán las medidas a que haya lugar. “En todo caso, es importante aclarar que, en todas las comunicaciones de cara a los consumidores las condicio- horas hábiles tiene TigoUNE para retirar todas las piezas publicitarias. es la resolución de la SIC en la que se señala de engañosa la campaña de TigoUne.
nes del producto son claras y el usuario las conoce ampliamente, tanto en la publicidad como al momento de tomar la decisión de compra”, apunta el boletín.
Dicho esto, el exsuperintendente subrayó lo importante de que la información que otorguen los proveedores de bienes y servicios no tenga el potencial de inducir a engaño a los consumidores. “No debemos olvidar que con base en esa información es que los usuarios deciden adquirir o no determinado bien o servicio”, agregó.
TigoUne además de retirar la publicidad también debe acreditar el cumplimiento del cese preventivo de su campaña dentro de los cinco días hábiles siguientes a la comunicación efectuada por la SIC.
¿Cuáles son las multas?
El abogado especialista en el derecho a la competencia y consumo, Juan Guillermo Ortiz, detalló que si TigoUne incumple con la medida impuesta por la SIC de retirar todas las piezas publicitarias relacionadas a los planes ilimitados puede enfrentarse a sanciones económicas.
Efectivamente, la resolución
número 70764 del 21 de septiembre de 2018 establece que en caso de inobservar la medida ordenada por la SIC, podrá resultar sujeta de la imposición de multas hasta por la suma de 15 mil salarios mínimos mensuales legales vigentes para personas jurídicas (11.718 millones de pesos) y de hasta 2.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes para personas naturales (1.562 millones de pesos), de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley 1341 de 2009