Se frena compra de minera chilena
La compra del 24% de las acciones de la minera chilena SQM –una de las principales productoras mundiales de litio- por parte de la china Tianqi quedó en suspenso tras impugnaciones del grupo controlador y la propia minera al fallo que dio luz verde a la transacción.
El Tribunal Constitucional (TC) acordó ayer “acoger a trámite” un requerimiento presentado en la víspera por el Grupo Pampa, que con las sociedades Pampa Calichera, Potasios de Chile y Global Mining controla la minera con cerca de un 30% de sus acciones, para impugnar la sentencia del Tribunal de la Libre Competencia ( TDLC) que el viernes pasado autorizó la compra tras aprobar un acuerdo entre la china y la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
El convenio validó la operación por medio de la cual la canadiense Nutrien vendió en mayo pasado el 24% de sus acciones en SQM a Tianqi, por 4.066 millones de dólares.
La resolución del TC “llama a las partes a elegar” el próximo 22 de octubre, junto con suspender -mientras se resuelve el proceso- la resolución que el 4 de octubre aprobó el acuerdo extrajudicial alcanzado entre FNE y Tianqi.
“Lo que viene ahora es la discusión sobre la admisibilidad del recurso, en la que haremos valer ante el tribunal
sólidos argumentos legales, para que el recurso sea rechazado en su totalidad y quede sin efecto la suspensión decretada por el TC. Estamos muy confiados en que así será”, dijo Tianqi en un comunicado.
De acuerdo al Grupo Pampa el convenio no promueve la libre competencia “pues autoriza a que un competidor participe en la propiedad y gestión de otro competidor directo, haciéndose de su información confidencial y económicamente sensible en el mercado del litio”.
La propia Sociedad Química y Minera de Chile (SQM) impugnó también el acuerdo ante el TDLC, argumentando que “las medidas objeto del acuerdo no resuelven de manera efectiva los riesgos que se han querido mitigar y no están correctamente orientadas a evitar el acceso de información sensible que junto con dañar a SQM, dañaría también el correcto funcionamiento del mercado”.
Una tercera impugnación ante el TDLC fue presentada también por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus)