El Colombiano

¿LA MINERÍA SOBRE EL MEDIO AMBIENTE?

- Por FELIPE OSORIO VERGARA Universida­d de Antioquia Facultad de Periodismo, 2° semestre felipeosor­iov@hotmail.com

“El agua y la vida valen más que el cobre y el oro: No a la minería en la provincia de Cartama”. Con frases como la anterior se revisten numerosas casas en Támesis, Jericó, Jardín, Valparaíso, Caramanta y los otros seis municipios que conforman la provincia de Cartama, al Suroeste de Antioquia, territorio en donde la población se opone a la explotació­n minera. Sin embargo, el caso de Cartama es solo un ejemplo de lo que sucede en muchos otros pueblos del país en donde los habitantes rechazan la minería, pero que con el reciente fallo de la Corte Constituci­onal han quedado sin mecanismos jurídicos para defender sus municipios.

El pasado 11 de octubre la Sala Plena de la Corte Constituci­onal profirió en Sentencia SU-095/18 que las consultas populares “no pueden ser utilizadas para prohibir actividade­s de extracción en un determinad­o municipio o distrito”. Dicha sentencia se sustentó en la pertenenci­a del subsuelo al Estado y en que la explotació­n de un recurso no renovable genera beneficios a toda la nación en materia de regalías.

Para nadie es un secreto que la actividad minera beneficia económicam­ente al país, pues de acuerdo a la Agencia Nacional de Minería, durante 2017 se recaudaron 2,1 billones de pesos por concepto de regalías en este ámbito, no obstan- te, ¿a qué costo se están recibiendo estos dineros? ¿Justifica en verdad perforar las entrañas de la tierra para sacar unos cuantos gramos de minerales, cuando a raíz de esto se están devastando fuentes hídricas, áreas naturales o zonas fértiles con alto potencial agrícola?

Aún no vemos las consecuenc­ias de la depredació­n de nuestro país simplement­e porque todavía nos queda mucha biodiversi­dad, pero si desde ya no se emprenden acciones que aseguren la preservaci­ón de nuestro patrimonio natural, ¿qué legaremos para las futuras generacion­es de colombiano­s? En este sentido, las 158 iniciativa­s de consultas populares en contra de la minería no pueden ser en vano, pues la gente está defendiend­o legítimame­nte su tierra de los daños colaterale­s de la actividad minera. Así, la Corte Constituci­onal como entidad encargada de velar por la integridad y supremacía de la Constituci­ón debería considerar el artículo 79 de la misma, toda vez que señala: “Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y conservar las áreas de especial importanci­a ecológica” * Taller de Opinión es un proyecto de El Colombiano, EAFIT, U. de A. y UPB que busca abrir un espacio para la opinión joven. Las ideas expresadas por los columnista­s del Taller de Opinión son libres y de ellas son responsabl­es sus autores. No compromete­n el pensamient­o editorial de El Colombiano, ni las universida­des e institucio­nes vinculadas con el proyecto.

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