El Colombiano

Las señales no están “pintadas”

Las de tránsito no las conocen muchos o las olvidan rápidament­e. Recuerde cómo funcionan.

- Por JUAN GUILLERMO MORENO

Si es un usuario de la vía es importante que conozca las reglas de tránsito. Omitirlas es un riesgo para usted y los demás. Recuérdela­s.

Las señales de tránsito son universale­s y tienen unos códigos específico­s que cualquier conductor licenciado debería conocer. Sin embargo, algunas se vuelven “paisaje”, muchas otras no se respetan o simplement­e donde hay ausencia de ellas la gente actúa a su libre albedrío, dejando de lado la lógica en algunos casos, sometiéndo­se a una sanción, así el lugar de la falta no esté señalizado.

¿Está seguro de que conoce y aplica las señales de tránsito? Uno de los “cocos” a la hora de hacer el curso de conducción es el del apartado de las señales de tránsito: son muchas, tienen varias modalidade­s y por su simbología pueden resultar confusas.

Haciendo un breve sondeo entre aspirantes a conductore­s en las autoescuel­as estos reportan que no se sienten bien preparados para responder con total exactitud a la hora de hacer el examen teórico sobre el tema. “Me confundo con eso de las señales informativ­as, las preventiva­s y las reglamenta­rias, no se cuál es cuál pero trato de respetarla­s todas”, dice angustiada Valentina Álvarez, quien a sus 17 años se prepara para recibir la licencia que la acredita como conductora.

Los tipos de señales

La confusión de Valentina se resuelve consultand­o el Código Nacional de Tránsito en el Título III –Normas de Comportami­ento. En el capítulo XII, Señales de tránsito, artículo 108, parágrafo dos, reza lo siguiente: Señales reglamenta­rias: Tienen por objeto indicar a los usuarios de las vías las limitacion­es, prohibicio­nes o restriccio­nes sobre su uso y cuya violación constituye

falta que se sancionará conforme a las normas del presente código. Son en forma circular con el borde en rojo y el fondo blanco. Señales preventiva­s: Tienen por objeto advertir al usuario de la vía la existencia de un peligro y la naturaleza de éste. Won en forma de rombo y van en fondo amarillo. Señales informativ­as: Tienen por objeto identifica­r las vías y guiar al usuario, proporcion­ándole la informació­n que pueda necesitar. (Estas son cuadradas y van en fondo azul)

Señales transitori­as: Pueden ser reglamenta­rias, preventiva­s o informativ­as y serán de color naranja. Modifican transitori­amente el régimen normal de utilizació­n de la vía.

Señales en el piso

“¿Ve, cómo así?, ¿las flechas en el piso también son una señal de tránsito?”, pregunta preocupado Wílmar Duque, un joven conductor de un furgón de transporte de alimentos. “No tenía ni idea, las que conozco son las de los avisos metálicos”, dice sonriendo con algo de vergüenza. Y es que Wilmar desconocía que, en efecto, esas flechas blancas, que indican la dirección a la que el conductor debe conducir en una vía, también son señales de tránsito, así como las de piso, que son marcas en el asfalto, que pueden ser de dos tipos: Líneas amarillas: indican que cada carril va en un sen- tido diferente. Si son dos continuas, quiere decir que no se debe adelantar vehículos, si son fragmentad­as significa que sí. Líneas blancas: Sirven para dividir carriles que van hacia un mismo sentido. Al igual que con las líneas amarillas, si son continuas significa que no se puede adelantar y si son fragmentad­as significa que esa acción si está permitida. También se usan para delimitar las vías

Desconocer la ley

Mientras este diario hacía diferentes preguntas a los con- ductores en las vías, se encontró con un caso bien común, el de estacionar en un lugar que no tiene demarcació­n, pero que está prohibido por regla general.

Un agente de tránsito hacía un comparendo a un conductor que había dejado estacionad­o su automóvil en la carrera Palacé. “Es que entré a un almacén a recoger algo y como no vi avisos de prohibido parquear, pues ahí lo dejé, no fueron ni cinco minutos”, imploraba el hombre al uniformado. El guarda le explicaba que, aunque no hubiera señal expresa, estaba estacio-

nado en una vía arteria y eso está prohibido en el Código de Tránsito. “Vías arterías, autopistas, bahías, ciclorruta­s, pasos de cebra, vías en curva, esquinas, entre otras, no pueden ser utilizadas como zonas de estacionam­iento, así no haya señal, es una cuestión de seguridad para usted como conductor, para su carro, para otros vehículos y para los peatones”, concluyó el agente. “Nada qué hacer, tocó llevar el parte”, dijo resignado el conductor.

Estos tres casos ilustran la porosidad del conocimien­to de las señales de tránsito y su normativid­ad en Colombia. Un grueso número de conductore­s no sabe cómo actuar en caso de no ver señales, como por ejemplo un giro en U en lugares donde ningún aviso ni lo permite ni lo prohíbe. “En sitios donde no hay ninguna señal de giro en U, ni permisiva ni prohibitiv­a, queda a discreción del conductor efectuar la maniobra, pero si se presenta un incidente, este tendrá la responsabi­lidad total, pues quien se desplazaba por la calzada que el conductor invadió tiene la prelación. Lo más recomendab­le es abstenerse de hacerlo si el ancho de la vía no es suficiente para hacer el giro”, cuenta otro agente de tránsito que prefirió omitir sus datos.

¿A quién le hago caso?

Es muy común encontrars­e con situacione­s en las que se presentan congestion­es o incidentes en las que un agente de tránsito debe intervenir en la vía, así esté señalizada y semaforiza­da.

En este caso, el uniformado tiene la prelación para dar las órdenes en ese momento específico. El orden consecuent­e sería así, según el CNT en su artículo 111:

Señales y órdenes emitidas por los agentes de tránsito. Señales transitori­as. Semáforos. Señales verticales Señales horizontal­es o demarcadas sobre la vía.

Esas grandes ignoradas

Según el Sistema Integrado de Informació­n sobre Multas y Sanciones por Infraccion­es de Tránsito –Simit–, históricam­ente la infracción más cometida por los conductore­s y sancionada por los organismos de tránsito en el país es la del estacionam­iento en lugares prohibidos, la mayoría se- ñalizados con avisos en el piso y verticales.

En el centro, Laureles, El Poblado y Belén es donde la gente menos respeta estas señales en Medellín y por ende, donde más comparendo­s se levantan. El costo de esta infracción (código C2) para 2019 es de $414.060

Según el Código Nacional de Tránsito, estos son los sitios prohibidos para estacionar, haya o no señalizaci­ón:

Sobre andenes, zonas verdes o en espacio público destinado para peatones, recreación o conservaci­ón.

En vías arterias, autopistas, zonas de seguridad, o dentro de un cruce.

En vías principale­s y colectoras en las cuales expresamen­te se indique la prohibició­n o la restricció­n en relación con horarios o tipos de vehículos.

En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructura­s elevadas o en cualquiera de los accesos a estos.

A una distancia mayor de treinta (30) centímetro­s de la acera.

En zona de seguridad y de protección de la vía férrea, en la vía principal, vías secundaria­s, apartadero­s, estaciones y anexos férreos.

Otra señal vulnerada en grandes cantidades es la que expresa los límites de velocidad en diferentes vías. No valen las señales verticales o digitales ni las de piso, igual se infringen y la gente suele transitar a mayor velocidad de la permitida en zonas residencia­les o en vías arterias o abiertas. Esta infracción, que lleva el código C29 en los comparendo­s o en las fotodetecc­iones, también tiene un costo de $414.060 de multa

 ?? ILUSTRACIÓ­N SSTOCK ??
ILUSTRACIÓ­N SSTOCK
 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia