El Colombiano

Tasa de usura en agosto subirá a 28,98 %

- Por VIVIANA SUÁREZ L.

El límite máximo para el cobro de intereses en los préstamos (tasa de usura) quedó fijado en 28,98 % para agosto, lo cual quiere decir que aumentará 0,06 puntos porcentual­es, a diferencia de la cifra de julio, que fue de 28,92 %.

Adicionalm­ente, la Superinten­dencia Financiera de Colombia ( SFC) certificó el interés bancario corriente efectivo anual ( EA) para los créditos de consumo y ordinario en 19,32 %, lo cual representa un aumento de 0,04 % en relación con la anterior certificac­ión de 19,28 %.

Dicha tasa regirá para el periodo comprendid­o entre hoy, jueves 1 de agosto, y el próximo 31 de este mes.

Interés de mora

Si usted, por ejemplo, tiene un préstamo que no pagó cumplidame­nte, los intereses no podrán exceder 1,5 veces el interés bancario corriente, es decir, el 28,98 % efectivo anual para los créditos de consumo y ordinario.

Lo anterior, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, específica­mente en el Decreto 2555 de 2010.

Las personas que reciban o cobren, directa o indirectam­ente, vendan bienes o servicios a plazo, y obtengan una utilidad que exceda en la mitad la tasa, incidirán en el delito de usura, tipificado en el artículo 305 del Código Penal.

La ley dice que la pena puede ser prisión de 32 a 90 meses y una multa de 66,66 a 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes, lo cual oscilaría entre 55,2 a 248,4 millones de pesos.

Adicionalm­ente, el que venda un cheque con tasas superiores a la usura fijada por SFC para cada mes, podrá ir a prisión entre 48 y 126 meses y multa de 133.33 a 600 salarios mínimos legales mensuales vigentes

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia