El Colombiano

Medellín, entre las ciudades que más han acogido el régimen simple

- Por NATALIA CUBILLOS MURCIA

El impuesto unifica las tarifas de renta, IVA, impoconsum­o e ICA, en un solo pago.

Con la mira puesta en la formalizac­ión y la generación de empleo nació el Régimen Simple a través de la Ley de Financiami­ento aprobada el año pasado.

Partió como reemplazo al monotribut­o y es integrado por el impuesto de renta, el IVA, el impoconsum­o (cuando haya lugar), el de Industria y Comercio (ICA) e, incluso, los aportes a pensiones mediante el mecanismo de crédito tributario. Es decir, se unifican cuatro pagos en uno solo.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) sostuvo que se inscribier­on 6.326 personas naturales y jurídicas para tributar bajo este modelo para el año gravable 2019. Bogotá (2.307), Medellín (502), Cartagena (406), Barranquil­la ( 278) y Bucaramang­a (243) son las ciudades más relevantes con registro, y entre el 36 % y el 50 % de las unidades productiva­s en esos territorio­s son nuevas.

El plazo se agotó solo para

las empresas que ya tenían Registro Único Tributario (RUT), y para las que deseen formalizar­se o son nuevas tienen todo el resto del año para inscribirs­e.

El director de la Dian, José Andrés Romero, explicó que la entidad está evaluando ampliar el plazo hasta septiembre.

Este año “es de transición”, por lo que el ICA se deberá acreditar ante los municipios, y el próximo año, se recaudará bajo el impuesto unificado. “Estamos desarrolla­ndo los sistemas y los protocolos para que se le puedan transferir de manera automática”, dijo Romero y, por esta vía, se les mejore la liquidez en el recaudo (ver Informe).

Los que pueden acceder

Seis son los puntos clave a tener en cuenta si quiere ser beneficiad­o del régimen simple. Lo primero es que sean personas naturales o jurídicas y deben ser residentes nacionales.

Las unidades productiva­s no pueden obtener ingresos brutos u ordinarios superiores a 2.741 millones de pesos (80.000 UVT, que para 2019 son de 34.270 pesos).

En caso de que una persona sea socia de varias empresas beneficiar­ias, se tendrán en cuenta los resultados consolidad­os “en proporción a su participac­ión en dichas empresas”, se advierte en la norma, lo mismo aplica si alguno de los socios tiene una participac­ión superior al 10 % de unidades productiva­s no inscritas en el régimen, o si es administra­dor de otras sociedades “se revisarán de forma consolidad­a con los de las empresas o sociedades que administra”.

Antes de ingresar a este sistema debe estar “al día con sus obligacion­es tributaria­s, de carácter nacional, departamen­tal y municipal”, así como al Sistema de Seguridad Social Integral. La tarifa es distinta para tiendas, actividade­s comerciale­s al por menor, al por mayor, consultorí­a, restaurant­es, entre otros

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