DECISIÓN DE QUITAR CLASIFICACIÓN DE PAÍS EN DESARROLLO A COLOMBIA POR PARTE DE EE.UU. TIENE UN ALCANCE DELIMITADO
La decisión que adoptó EE. UU. de revisar la categoría de países en desarrollo tiene un alcance delimitado. Esta categoría incide en la metodología utilizada por ese país en investigaciones respecto de la imposición de medidas compensatorias, específicamente en caso de subsidios de las exportaciones provenientes de los países a los que ahora cobija la medida. Esta decisión responde a la revisión de una legislación de 1998 y por lo tanto, es una medida interna y unilateral. Cuando se inician estas investigaciones, las autoridades estadounidenses aplican una metodología de medición diferente para países desarrollados y para países en desarrollo cuando las exportaciones subsidiadas afectan la industria nacional.
En el caso de Colombia, al haber sido incluida en el listado de 22 países, solo tendría incidencia en caso de una hipotética apertura de investigación por exportaciones subvencionadas a los EE. UU. Colombia es cuidadosa de no aplicar esta clase de medidas a las exportaciones de nuestros productos, incluidas las que tienen como destino EE. UU. Igualmente, recordemos que a la fecha no hemos tenido ninguna investigación por eventuales subsidios a la exportación hacia ese destino. Ahora bien, en paralelo existe una discusión al interior de la OMC, sobre la designación de países en desarrollo y el conservar el trato especial y diferenciado, sujeto a la categoría de los países miembros. No obstante, la regla sigue siendo la autodenominación de país en desarrollo. Colombia mantiene esta categoría y en consecuencia el tratamiento en este foro. Por lo tanto, la decisión de EE. UU. no debería tener ningún efecto