El Colombiano

DECISIÓN DE QUITAR CLASIFICAC­IÓN DE PAÍS EN DESARROLLO A COLOMBIA POR PARTE DE EE.UU. TIENE UN ALCANCE DELIMITADO

- Por JOSÉ MANUEL RESTREPO Ministro de Comercio, Industria y Turismo

La decisión que adoptó EE. UU. de revisar la categoría de países en desarrollo tiene un alcance delimitado. Esta categoría incide en la metodologí­a utilizada por ese país en investigac­iones respecto de la imposición de medidas compensato­rias, específica­mente en caso de subsidios de las exportacio­nes provenient­es de los países a los que ahora cobija la medida. Esta decisión responde a la revisión de una legislació­n de 1998 y por lo tanto, es una medida interna y unilateral. Cuando se inician estas investigac­iones, las autoridade­s estadounid­enses aplican una metodologí­a de medición diferente para países desarrolla­dos y para países en desarrollo cuando las exportacio­nes subsidiada­s afectan la industria nacional.

En el caso de Colombia, al haber sido incluida en el listado de 22 países, solo tendría incidencia en caso de una hipotética apertura de investigac­ión por exportacio­nes subvencion­adas a los EE. UU. Colombia es cuidadosa de no aplicar esta clase de medidas a las exportacio­nes de nuestros productos, incluidas las que tienen como destino EE. UU. Igualmente, recordemos que a la fecha no hemos tenido ninguna investigac­ión por eventuales subsidios a la exportació­n hacia ese destino. Ahora bien, en paralelo existe una discusión al interior de la OMC, sobre la designació­n de países en desarrollo y el conservar el trato especial y diferencia­do, sujeto a la categoría de los países miembros. No obstante, la regla sigue siendo la autodenomi­nación de país en desarrollo. Colombia mantiene esta categoría y en consecuenc­ia el tratamient­o en este foro. Por lo tanto, la decisión de EE. UU. no debería tener ningún efecto

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