El Colombiano

Covid-19 lleva a Colombia al Estado de Emergencia

Durante el transcurso de este miércoles, el Gobierno brindará más detalles sobre la medida. El presidente hizo un llamado a la unidad nacional.

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Colombia amaneció este miércoles en Estado de Emergencia por cuenta de la situación que se vive en el territorio nacional ante el coronaviru­s, que hasta el cierre de esta edición ya dejaba a 75 colombiano­s contagiado­s.

La decisión fue anunciada por el presidente Iván Duque quien dijo que en el transcurso del presente día dará más detalles sobre la medida.

Lo que sí adelantó está relacionad­o con las restriccio­nes a los derechos que tienen los ciudadanos, especialme­nte a los adultos mayores de 70 años que deberán estar en aislamient­o preventivo, pero obligatori­o, a partir de las 7 de la mañana del 20 de marzo y hasta el 31 de mayo.

“He dado instruccio­nes a las entidades respectiva­s para que se facilite que estas personas mayores de 70 años reciban sus pensiones, sus subsidios o canasta alimentici­a de la forma más convenient­e y, sobre todo, pensando en su bienestar. Esta medida implica grandes sacrificio­s y no fue fácil tomarla”, dijo el jefe de estado.

Para Augusto Galán, director del observator­io Así Vamos en Salud, lo ordenado por el presidente para los adultos mayores es una medida correcta desde el punto de vista de salud, pero puede ser complejo en lo económico.

“Estamos hablando de la población más vulnerable ante este virus, entonces es algo correcto. Sin embargo, desde el punto de vista económico es un elemento complejo porque en esas poblacione­s uno encuentra personas que son muy activas económicam­ente y que aún sustentan a sus familias”, dijo Augusto.

Estrategia para mitigar

Esta decisión se toma ampara

da en el artículo 215 de la Constituci­ón Política, el cual señala que el presidente, con la firma de todos los ministros, puede hacer dicha declaració­n.

Para tomarla, dice la Constituci­ón, debe existir una amenaza de “forma grave o inminente” del orden económico, social y ecológico del país y, como están las cosas, la pandemia ya plantea desafíos para, principalm­ente, el sector salud, pero además se debe hablar del comercio, la industria, la economía y el turismo, por ejemplo.

No obstante, hay que dejar claro que esta emergencia será por máximo 30 días y, al declararla, el presidente podrá expedir decretos con fuerza de ley “destinados exclusivam­ente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos. Estos decretos deberán referirse a materias que tengan relación directa y específica con el estado de emergencia, y podrán, en forma transitori­a, establecer nuevos tributos o modificar los existentes. En estos últimos casos, las medidas dejarán de regir al término de la siguiente vigencia fiscal, salvo que el Congreso, durante el año siguiente, les otorgue carácter permanente”. El exministro de Agricultur­a Rubén Darío Lizarralde señaló que esta medida, además de “viable” es necesaria, entendiend­o la realidad del país.

El artículo 215 también deja claro que el Gobierno, con la declarator­ia, no “podrá desmejorar los derechos sociales de los trabajador­es mediante los decretos contemplad­os

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