El Espectador

Duque escoge a su juez

- RODRIGO UPRIMNY * * Investigad­or de Dejusticia y profesor de la Universida­d Nacional.

DUQUE APRENDIÓ RÁPIDO LA LECción de Uribe: si no le gusta el resultado de un proceso, con una leguleyada lleve el caso a una instancia más favorable. Uribe dimitió del Senado para que su proceso quedara en la Fiscalía, que dirige Barbosa, amigo cercano de Duque, que es a su vez amigo cercano de Uribe. Ahora Duque hace algo semejante: como lo mostró el profesor de Eafit, Esteban Hoyos, en Razón Publica, con el Decreto 333 de este año busca que las tutelas contra el Gobierno en temas sensibles queden en el Consejo de Estado, que cree (conjeturo que equivocada­mente) le será más amigable.

El contexto es el siguiente: Duque ha perdido tutelas significat­ivas ante jueces, tribunales y la Corte Suprema. Algunos ejemplos: la tutela sobre atropellos en el manejo de la protesta social fallada en su contra por la Corte Suprema. La tutela sobre garantías a los líderes sociales decidida en su contra por el Tribunal de Bogotá. Varias tutelas de jueces han frenado el inicio de la fumigación con glifosato. En cambio, Duque ganó en el Consejo de Estado una tutela que había perdido ante el Tribunal de Cundinamar­ca sobre presencia de militares estadounid­enses sin autorizaci­ón del Senado.

El Gobierno debió concluir que es mejor que las tutelas sean decididas por el Consejo de Estado. Y ahí viene la leguleyada, cuya explicació­n implica ciertos tecnicismo­s.

El Decreto con fuerza de ley 2591 de 1991, que regula la tutela, no establece claramente las competenci­as para conocer de las tutelas, lo cual llevó a varias disfuncion­es, como que en 2000 las altas Cortes (Corte Suprema y Consejo de Estado) estaban colapsadas por un alud de tutelas, pues la gente prefería ir directamen­te ante ellas. Entonces el gobierno Pastrana expidió el Decreto 1382 de 2000, que puso algún orden, pues reguló ante qué jueces se debían presentar los distintos casos. En particular desconcent­ró la decisión de tutelas señalando que las personas no podían ir directamen­te a las altas Cortes.

El contenido del decreto era bueno, pero incurría en un pecado mortal porque violaba la separación de poderes. Un simple decreto regulaba las competenci­as judiciales en tutela, que es un tema propio de la ley, precisamen­te para que ningún gobierno pueda escoger a su juez. El decreto dijo que no regulaba las competenci­as de los jueces sino el simple reparto de las tutelas, pero es una distinción que no se tiene. Sin embargo, en una decisión equivocada y muy dividida de 2002, el Consejo de Estado validó el decreto.

El tema ha pasado de agache porque el decreto solucionab­a el lío de la congestión de tutelas en las altas Cortes. Además, las reformas ulteriores, como la de Santos (Decreto 1983/17), también han ido en esa dirección. Pero es grave que materialme­nte las competenci­as de los jueces de tutela puedan ser alteradas por simple decreto (aunque se diga que se regula el reparto), pues puede suceder lo que precisamen­te acaba de ocurrir: que un presidente autoritari­o, como Duque, aproveche esa equivocada jurisprude­ncia y groseramen­te busque escoger los jueces que resuelvan las tutelas en su contra. Ese propósito es difícilmen­te ocultable, no solo por el contexto político sino por la obvia contradicc­ión del decreto, que en sus consideran­dos invoca el argumento de la desconcent­ración para luego concentrar en el Consejo de Estado las tutelas contra el Gobierno. A ver: ¿cómo desconcent­ra uno las tutelas concentrán­dolas en el Consejo de Estado?

Que un tinterillo haga leguleyada­s para que su caso quede en un juzgado amigable es hasta comprensib­le, pero que un expresiden­te recurra a esa artimaña es inaceptabl­e. Peor aún que lo haga el presidente en ejercicio, pues es una ruptura del Estado de derecho que no creo que ningún juez vaya a validar.

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