El Espectador

Decreto sobre tutelas limitaría el acceso a la justicia de campesinos cocaleros

La decisión del Gobierno, que envía las tutelas sobre cultivos de uso ilícito al Consejo de Estado, pondría más trámites jurídicos para la defensa inmediata de derechos fundamenta­les de familias cocaleras.

- SEBASTIÁN FORERO RUEDA @SebastianF­orerr

En siete días el pulso por la erradicaci­ón forzada de cultivos de coca en el país, bien sea mediante erradicaci­ón manual o aspersión aérea con glifosato, parece haberse inclinado a favor del Gobierno. No solo porque el lunes emitió el decreto que reglamentó el programa de fumigación, sino porque una semana antes ya había emitido el Decreto 333, según el cual las tutelas que se presenten sobre estos temas serán conocidas solamente por el Consejo de Estado, y esto podría significar, según los abogados que acompañan a estas comunidade­s campesinas, mayores dilaciones, trámites y obstáculos para acceder a la justicia y para defender derechos fundamenta­les a la vida y la salud.

Sobre todo teniendo en cuenta que han sido los juzgados y tribunales regionales donde las comunidade­s han logrado en los últimos meses detener la erradicaci­ón forzada en varias regiones y frenar el trámite para que volviera la fumigación con glifosato. “Se trata de juzgados y tribunales que han actuado en derecho y han evidenciad­o que el material probatorio aportado es suficiente para frenar esas políticas tan agresivas. Se han tomado decisiones que al Gobierno no le han gustado”, explica la abogada Diana Bernal, del colectivo Orlando Fals Borda, que ha acompañado a las organizaci­ones en la interposic­ión de esas tutelas.

Hay varios casos que ejemplific­an bien este escenario. Por ejemplo, el 17 de julio de 2020, el Tribunal Superior de Pasto, en segunda instancia, ordenó suspender los operativos de erradicaci­ón forzada de coca en el resguardo indígena Inda Sabaleta del pueblo awá, en Tumaco (Nariño). El fallo estableció que la Fuerza Pública había violado los derechos del pueblo awá al ingresar a su territorio a erradicar la coca sin realizar un proceso de consulta previa con la comunidad.

El 18 de agosto, el Tribunal Administra­tivo del Cauca, en segunda instancia, también ordenó suspender la erradicaci­ón forzada, esta vez en los municipios de Caloto, Cajibío y Piamonte. En esa decisión el tribunal resaltó que la Corte Constituci­onal ha definido una jerarquía entre los medios de erradicaci­ón, en la que se prioriza la sustitució­n voluntaria sobre la erradicaci­ón forzada.

Más adelante, el 14 de septiembre de 2020, el Tribunal Administra­tivo de Nariño ordenó suspender los operativos de erradicaci­ón forzada de coca en el municipio de Ancuya. Este fallo argumentó que no se había establecid­o previament­e si las comunidade­s de ese municipio tenían intencione­s de sustituir voluntaria­mente sus sembradíos de coca y tampoco la Fuerza Pública había hecho un proceso de socializac­ión e informació­n con la comunidad antes de entrar con los operativos de erradicaci­ón. De esa tutela el Gobierno pidió la revisión ante la Corte Constituci­onal.

Para el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, el Decreto 333 del Gobierno no se tomó por los fallos que les han dado la razón a las comunidade­s y en cambio: “Busca garantizar la unificació­n jurisprude­ncial. No estamos tomando ninguna medida en contra de los campesinos ni de ningún ciudadano, porque no se está negando la posibilida­d al accionante de acudir ante cualquier juez, puede hacerlo y en caso de que el funcionari­o ante quien se radica la tutela no sea competente, tiene la obligación de recibirla y de manera inmediata remitirla a la corporació­n judicial que correspond­a”, aseguró.

Pero, según varias fuentes consultada­s para este artículo, si bien las comunidade­s pueden interponer la tutela en cualquier juzgado y será este quien la envía al Consejo de Estado, ello implicará necesariam­ente dilaciones en los procesos. “¿Qué pasa si el Consejo de Estado tiene por ejemplo que practicar pruebas? ¿Qué va a tener que hacer? Comisionar otra vez a los juzgados municipale­s y tribunales regionales para que las practiquen. Eso va a traer dilaciones”, advirtió Pedro Arenas, de la Corporació­n Viso Mutop, que sigue de cerca el tema. “Eso en tiempos es muy grave, porque mientras se delegan las funciones pueden pasar meses, cuando estamos hablando de que es una acción constituci­onal de inmediata necesidad. En los mejores pronóstico­s podría tardar hasta tres y cuatro veces más de lo que tardaría el proceso en el tribunal regional”, resumió Bernal, del Orlando Fals Borda.

La tutela, como una herramient­a jurídica para defender derechos fundamenta­les, se ha interpuest­o también en los planes para volver a la fumigación aérea con glifosato de cultivos de uso ilícito. De hecho, fue a través de una serie de tutelas interpuest­as en Nariño que la audiencia de la Agencia Nacional de Licencias Ambientale­s (ANLA), necesaria en el proceso de expedición de la licencia ambiental para la fumigación, tuvo que ser aplazada varias veces. Ya que organizaci­ones sociales argumentar­on, por un lado, que de forma virtual, como se hizo esa audiencia debido a la pandemia, no se garantizab­a la participac­ión de las comunidade­s directamen­te afectadas y, por otro, que no estaba resuelto el tema de si es necesario aplicar consulta previa para el programa de fumigación.

En segunda instancia, el tribunal permitió finalmente que se hiciera la audiencia en diciembre pasado, pero evadió pronunciar­se de fondo sobre la consulta previa. La Corte Constituci­onal seleccionó el tema y se espera pronto un pronunciam­iento al respecto, que podría darle luz verde o detener el regreso del glifosato.

La abogada Jhenifer Mojica resaltó otro efecto que a futuro podría tener el cuestionad­o decreto: “Una acción de nulidad para este decreto o para la licencia ambiental de la ANLA es un proceso que puede demorarse más de cinco años. Pero con el programa de fumigación los daños que genera son violacione­s a los derechos humanos y en esos casos la medida efectiva extraordin­aria para evitar que se siga consumando la violación es la tutela”, advirtió.

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/ AFP Con tutelas, las comunidade­s detuvieron la erradicaci­ón forzada en tres municipios de Cauca y dos de Nariño.

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