El Heraldo (Colombia)

MORENO Y HURTADO DEBERÁN DISCULPARS­E CON YIDIS MEDINA

La Corte ordenó además el pago de $20 millones a la excongresi­sta.

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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le ordenó a Bernardo Moreno y a María del Pilar Hurtado pedirle perdón públicamen­te a la excongresi­sta Yidis Medina por las actividade­s de desprestig­io que realizó el Departamen­to Administra­tivo de Seguridad (DAS) para enlodar su nombre.

“Imponer a los demandados como medida de reparación simbólica la obligación de presentar excusas públicas a Yidis Medina Padilla por la afectación a su derecho al buen nombre, que le ocasionaro­n con sus conductas ilegales por las que fueron sancionado­s penalmente”, dice la determinac­ión.

“Para el efecto harán una única publicació­n en un diario de amplia circulació­n en la ciudad de Barrancabe­rmeja, dentro del término de tres meses a partir de la notificaci­ón de esta sentencia”, agrega el documento.

Al resolver el incidente de reparación integral que se originó tras la condena de 8 años dictada a Moreno, exsecretar­io de Palacio, y de 14 años a Hurtado, exdirector­a del DAS, por las intercepta­ciones realizadas de forma ilegal.

La Corte ordenó igualmente a Moreno y Hurtado “el pago solidario de 20 millones de pesos por concepto de daño moral subjetivo a favor de Yidis Medina Padilla”.

Medina Padilla fue rela- cionada públicamen­te con la guerrilla del ELN, en actividade­s realizadas por el DAS, en hechos que fueron la antesala para su vinculació­n con el secuestro de tres funcionari­os de la Alcaldía de Barrancabe­rmeja (Santander) por lo que fue condenada y luego absuelta.

La Corte indicó que para la fecha de la divulgació­n de la informació­n falsa en contra de Medina (2008) ya era ampliament­e conocida por la opinión pública como la parlamenta­ria que vendió su voto a cambio de prebendas, conducta aceptada por ella.

“Es decir, no puede afir- que Yidis Medina Padilla fuera reconocida como una ciudadana de conducta ejemplar, sin embargo, esa circunstan­cia no descarta que el acto difamatori­o cometido en su contra por los demandados le causó sentimient­os de aflicción, angustia y hasta depresión, al advertir que su reconocimi­ento como líder política en la región de la que era oriunda, estaba siendo seriamente afectado al verse vinculada con un grupo guerriller­o de negativa influencia para la comunidad de Barrancabe­rmeja”, dice el fallo. Colprensa

“Imponer a los demandados (...) reparación simbólica ”. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA A través de su fallo

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ARCHIVO Yidis Medina sufrió actos de desprestig­io por parte del DAS para enlodar su nombre.

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