El Heraldo (Colombia)

Estado, niñez y desprotecc­ión

- Por Ulahy Beltrán López

En la Constituci­ón de 1991 y en la Ley 1098 de 2006, conocida también como la Ley de Infancia y Adolescenc­ia, se estableció que el Estado colombiano debe brindarle a su población infantil protección especial y garantizar­le sus derechos fundamenta­les.

Sin embargo, la reciente realidad demuestra que en la práctica, niñas y niños de este país siguen muy distantes de estar realmente protegidos por el Estado y que no se les garantizan sus derechos fundamenta­les. Basta recordar cuando en diciembre de 2015 la Comisión Interameri­cana de Derechos Humanos (CIDH) decidió solicitar al Estado colombiano la adopción de medidas cautelares a favor de niños, niñas y adolescent­es del pueblo wayuu en cuatro municipios del departamen­to de La Guajira, ante la falta de acceso a agua potable y a servicios de salud, y el estado de desnutrici­ón, entre otros factores, con un nefasto antecedent­e: la muerte de 4.770 niños y niñas de esta población desde el año 1998 por dichas causas.

El pasado 16 de junio, la misma CIDH emitió nuevas medidas cautelares en las que le ordena al Estado colombiano realizar todas las acciones para proteger a 25 niños del departamen­to de Bolívar afectados por graves enfermedad­es de la sangre como leucemia, cáncer en la tiroides, linfoma de Hodgkin y anemia, que necesitan, con urgencia y de manera eficaz tratamient­os médicos para vivir.

Ángela Margarita Rey Anaya es la abogada del caso y directora de la organizaci­ón United for Justice, que junto con otras entidades representa­n a estos niños de familias de muy bajos recursos que tienen que viajar hasta Cartagena para cumplir con las citas médicas. Según Rey, la situación de estos niños la viven otros 300 en la Costa Atlántica, y de hacerse un registro en todo el país, la cifra sería de proporcion­es gigantesca­s, y la constante es que las EPS a las que están afiliados, “sin avisarles se las cancelan o simplement­e no se cumplen y a nadie le duelen sus dramas”, y por tales razones llevó este caso a la CIDH el 16 de septiembre de 2016.

Cumpliendo el debido proceso, la CIDH le pidió al Estado que le explicara en qué estado se encontraba­n los tratamient­os de los niños. Y aunque desde la Superinten­dencia Nacional de Salud se informó que se habían “realizado todas las gestiones pertinente­s para garantizar la efectiva prestación de los servicios de salud requeridos por los menores”, lo cierto es que una de las 25 menores que pidió ayuda a la CIDH perdió la vista en uno de sus ojos, y hoy está luchando para no perder la visión por completo, y entre enero y octubre del año pasado “falleciero­n (otros) 22 niños por la presunta negligenci­a y omisión de las EPS”, aparenteme­nte por irregulari­dades de las varias EPS existentes.

Para este caso específico, como quiera que está probada una desprotecc­ión judicial de estos niños y que existe una situación de extrema gravedad y urgencia, la CIDH le pidió al Estado colombiano que en 20 días le informe las medidas que se han tomado para cumplir con las órdenes para así preservar la vida y la integridad personal de los niños y niñas identifica­dos. Esperando esa respuesta a la CIDH, exigimos el respeto real al derecho a la salud y la protección efectiva a la vida de esos 25 niños y de todos los niños en Colombia, como lo dicen la Constituci­ón y las leyes.

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