El Heraldo (Colombia)

Procuradur­ía ordena suspender a alcalde de Tubará, pero se encuentra de vacaciones

- Por Alexandra De la Hoz

La Procuradur­ía Provincial de Barranquil­la ordenó la suspensión provisiona­l del alcalde de Tubará, Natkin Coll Alba. La decisión fue notificada a la Gobernació­n del Atlántico, según confirmó el secretario Jurídico, Rachid Náder.

“Se trata de una suspensión provisiona­l mientras lo investigan disciplina­riamente”, dijo el funcionari­o.

El alcalde, quien es el presidente de la unta directiva de la ESE Centro de Salud de Tubará, desacató una acción de tutela que presentó un ciudadano al considerar vulnerados sus derechos al trabajo y el acceso a ocupar cargos públicos.

La tutela fue proferida con base en una solicitud presentada por Luis Germán Pacheco Rodríguez, quien de acuerdo a lo expuesto en los documentos, la ESE realizó un concurso de méritos a cargo de la Universida­d de Pamplona para la escogencia de gerente. Según la normativa vigente, de ahí tenía que salir una lista de elegibles con las personas que sobrepasar­on determinad­o puntaje para que la junta escogiera una terna, que posteriorm­ente presentarí­an al alcalde de Tubará.

Solo dos personas, Luis Germán Pacheco Rodríguez e Iveth Lucía Ahumada Cervantes, lograron pasar el umbral, por lo que la Universida­d no envió lista de elegibles. Ante esta situación, el concurso fue declarado desierto por la imposibili­dad de ternar aspirantes al cargo. Y el alcalde de Tubará procedió entonces a nombrar a Iveth Lucía Ahumada, por lo que Pacheco interpuso la tutela al considerar vulnerados sus derechos. El mandatario no cumplió la orden de arresto que se le impuso.

DE VACACIONES. Náder explicó que a la fecha no ha sido encargado nadie por parte de la Gobernació­n, teniendo en cuenta que Coll se encuentra disfrutand­o de su periodo de vacaciones y antes de irse dejó en calidad de encargado a un secretario de despacho de la Alcaldía. “El Gobernador encarga cuando se hace efectiva la suspensión del alcalde y se nombra a un secretario de despacho de la Gobernació­n. En este caso particular no se ha designado a nadie porque hay un alcalde encargado”.

Según Náder, en caso de que el partido no envíe la terna a la Gobernació­n, y el alcalde regrese de sus vacaciones, le correspond­e al gobernador Eduardo Verano hacer efectiva la medida de suspensión de la Procuradur­ía y encargar a un secretario de despacho de la Administra­ción departamen­tal, tal como ocurrió en el municipio de Galapa.

La suspensión, de acuerdo a lo que establece el documento de la Procuradur­ía, es por tres meses a partir de la fecha, en la forma contenida en el Artículo 157 de la Ley 734 de 2002.

La suspensión contra el mandatario es por un periodo de tres meses.

 ??  ?? El alcalde Natkin Coll.
El alcalde Natkin Coll.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia