En limbo fecha de caducidad para investigar campañas de 2014
CNE discute si este sábado vence plazo para adelantar pesquisas.
BOGOTÁ. Ante la posibilidad de que este sábado el Consejo Nacional Electoral pierda su competencia para investigar las campañas involucradas con una presunta financiación por parte de Odebrecht, el organismo informó que no se tiene certeza sobre esa fecha límite.
“Respecto de la posibilidad de que opere el fenómeno de la caducidad en los próximos tres días, se debe precisar que no hay tesis única al respecto; por el contrario, la doctrina y la jurisprudencia han debatido si el término se debe contar desde cuando el particular presentó sus informes de campaña, desde la fecha límite para presentar los informes o desde el día en que se registró la última modifi- cación a los mismos”, se lee en un comunicado, que emitieron en las últimas horas.
El organismo electoral afirma que no se puede decir todavía cuál será la tesis que se acogerá al respecto, pues entrará a discutirse a partir de las propuestas que hagan los magistrados que llevan los casos.
LOS CASOS. De contarse los tres años –que determina como plazo la Ley 1757 de 2011– desde las correcciones que se hicieron a los informes que entregaron las campañas sobre los gastos y los ingresos, el plazo máximo no solo para abrir investigación sino también para sancionar la campaña de Óscar Iván Zuluaga sería hasta el mes de octubre.
Para el caso de la campaña del presidente Juan Manuel Santos, el plazo para investigar si superó los topes y tuvo apoyo de una entidad extranjera, sería hasta diciembre de este año. Sin embargo, toca esperar lo que definan los magistrados.
En la comunicación también se habla sobre el apoyo de la Fiscalía, de pasar las pruebas que ayudarán a to- mar una decisión, pero se aclara que la “certeza” de la que habló la entidad judicial sobre el ingreso de los dineros de forma irregular, se refiere solo al trabajo que la misma ha hecho.
“En atención a que el periodo probatorio no ha culminado y que el procedimiento aún se encuentra en trámite, precisamos que el término “certeza” al que hizo alusión la Fiscalía General de la Nación, debe referirse a las investigaciones por ella adelantadas y no a los juicios de fondo que en el futuro tomen los Jueces de la República, y en el aspecto jurídico electoral, esta Corporación en su Sala Plena. Entonces, se precisa que no es igual la certeza del investigador a la certeza del fallador”, afirman.
Y agregan: “La Sala Plena determinará si efectivamente existió financiación prohibida a las campañas citadas, si estas la autorizaron o conocían del hecho, si indudablemente ingresaron los presuntos dineros, y si se demuestra lo anterior, por qué no se reportaron. Hacerlo antes, constituiría prejuzgamiento”. Colprensa