Avisos sobre el acuerdo de paz
En su último informe sobre derechos humanos en el mundo, Human Rights Watch expresa su preocupación, muy razonable, por algunos aspectos de la implementación del acuerdo de paz en Colombia.
La organización no gubernamental Human Rigths Watch (HRW) difundió días atrás su informe anual sobre el estado de los derechos humanos en el mundo, en el que hace algunas reflexiones importantes –y preocupantes– acerca de la implementación del acuerdo de paz en Colombia. Dos asuntos muy concretos centran la atención de HRW. Uno es el castigo previsto por el acuerdo a los guerrilleros responsables de delitos atroces, que la organización considera demasiado leve.
El otro es la definición de la “responsabilidad de mando”, que, en el caso colombiano, se aleja de las normas fijadas por el derecho internacional en beneficio de los exlíderes de las Farc.
Con respecto al castigo, HRW mantiene su crítica, ya expresada en ocasiones anteriores, al hecho de que las penas no incluyan la privación de libertad. De acuerdo con la organización, el acuerdo solo prevé, para los casos más graves, restricciones a la libertad de movimiento en “lugares de residencia” cuya ubicación y naturaleza no se han definido con claridad.
En lo que concierne a la responsabilidad de mando, y siempre de acuerdo con HRW, el derecho internacional establece que un comandante puede ser penalmente responsable “si tenía motivos para saber y debería haber tenido conocimiento” del delito. Sin embargo, el desarrollo del acuerdo de paz abriría la puerta a la interpretación de que la justicia debe probar fehacientemente que el comandante tenía conocimiento del delito, lo cual muchas veces es difícil, por no decir imposible, probar. En una carta que el director de HRW, José Miguel Vivanco, envió en octubre pasado a los presidentes del Senado y la Cámara ya llamaba la atención sobre este complejo tema. A todo ello se suma la posibilidad, también criticada por HRW, de que líderes guerrilleros, condenados o procesados por crímenes de lesa humanidad, y que aún no han pasado por la JEP, puedan aspirar al Congreso e incluso a la Presidencia de la República.
No cabe duda de que el acuerdo de paz y las normas que lo implementan presentan puntos muy polémicos. Habrá que ver cómo actúa la justicia transicional en los casos de responsabilidad de mando y ante la posibilidad –muy difícil de digerir– de que un exguerrillero con graves crímenes a sus espaldas pueda conciliar la condena de la JEP con el ejercicio de un cargo en el Congreso. Sobre las penas, parece difícil revertir lo que establece el acuerdo de paz, en el sentido de que los exguerrilleros que confiesen sus crímenes pagarán a lo sumo ocho años de restricción de movimientos en “lugares de residencia”. Lo mínimo que cabe esperar es que se cumplan los objetivos de ese internamiento. No es mucho pedir para quienes no pisarán una cárcel.
Habrá que ver cómo actúa la justicia en los casos de responsabilidad de mando y ante la posibilidad –muy difícil de digerir– de que un exguerrillero con graves crímenes a sus espaldas pueda conciliar la condena de la JEP con el ejercicio de un cargo en el Congreso.