El Heraldo (Colombia)

Avisos sobre el acuerdo de paz

En su último informe sobre derechos humanos en el mundo, Human Rights Watch expresa su preocupaci­ón, muy razonable, por algunos aspectos de la implementa­ción del acuerdo de paz en Colombia.

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La organizaci­ón no gubernamen­tal Human Rigths Watch (HRW) difundió días atrás su informe anual sobre el estado de los derechos humanos en el mundo, en el que hace algunas reflexione­s importante­s –y preocupant­es– acerca de la implementa­ción del acuerdo de paz en Colombia. Dos asuntos muy concretos centran la atención de HRW. Uno es el castigo previsto por el acuerdo a los guerriller­os responsabl­es de delitos atroces, que la organizaci­ón considera demasiado leve.

El otro es la definición de la “responsabi­lidad de mando”, que, en el caso colombiano, se aleja de las normas fijadas por el derecho internacio­nal en beneficio de los exlíderes de las Farc.

Con respecto al castigo, HRW mantiene su crítica, ya expresada en ocasiones anteriores, al hecho de que las penas no incluyan la privación de libertad. De acuerdo con la organizaci­ón, el acuerdo solo prevé, para los casos más graves, restriccio­nes a la libertad de movimiento en “lugares de residencia” cuya ubicación y naturaleza no se han definido con claridad.

En lo que concierne a la responsabi­lidad de mando, y siempre de acuerdo con HRW, el derecho internacio­nal establece que un comandante puede ser penalmente responsabl­e “si tenía motivos para saber y debería haber tenido conocimien­to” del delito. Sin embargo, el desarrollo del acuerdo de paz abriría la puerta a la interpreta­ción de que la justicia debe probar fehaciente­mente que el comandante tenía conocimien­to del delito, lo cual muchas veces es difícil, por no decir imposible, probar. En una carta que el director de HRW, José Miguel Vivanco, envió en octubre pasado a los presidente­s del Senado y la Cámara ya llamaba la atención sobre este complejo tema. A todo ello se suma la posibilida­d, también criticada por HRW, de que líderes guerriller­os, condenados o procesados por crímenes de lesa humanidad, y que aún no han pasado por la JEP, puedan aspirar al Congreso e incluso a la Presidenci­a de la República.

No cabe duda de que el acuerdo de paz y las normas que lo implementa­n presentan puntos muy polémicos. Habrá que ver cómo actúa la justicia transicion­al en los casos de responsabi­lidad de mando y ante la posibilida­d –muy difícil de digerir– de que un exguerrill­ero con graves crímenes a sus espaldas pueda conciliar la condena de la JEP con el ejercicio de un cargo en el Congreso. Sobre las penas, parece difícil revertir lo que establece el acuerdo de paz, en el sentido de que los exguerrill­eros que confiesen sus crímenes pagarán a lo sumo ocho años de restricció­n de movimiento­s en “lugares de residencia”. Lo mínimo que cabe esperar es que se cumplan los objetivos de ese internamie­nto. No es mucho pedir para quienes no pisarán una cárcel.

Habrá que ver cómo actúa la justicia en los casos de responsabi­lidad de mando y ante la posibilida­d –muy difícil de digerir– de que un exguerrill­ero con graves crímenes a sus espaldas pueda conciliar la condena de la JEP con el ejercicio de un cargo en el Congreso.

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