El Heraldo (Colombia)

Fiscalía investiga posibles anomalías en POT de Puerto

En el proceso están vinculados el alcalde Steimer Mantilla, el contratist­a del proyecto, el secretario de Planeación y los concejales.

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lanco de críticas se ha convertido el Plan Básico de Ordenamien­to Territoria­l (PBOT) del municipio de Puerto Colombia, sobre todo después de que el Tribunal Administra­tivo del Atlántico declarara, el pasado 7 de diciembre, como “inválida” la modificaci­ón de un conjunto de normas que integran la revisión del Plan por “violación a la Constituci­ón y la ley”.

De hecho, la Fiscalía General de la Nación abrió una investigac­ión, tras una denuncia interpuest­a en el ente acusador, por las presuntas irregulari­dades que se habrían cometido en el proceso de revisión ordinaria del PBOT y la modificaci­ón excepciona­l aprobada mediante un Acuerdo del Concejo Municipal.

Los investigad­os en este proceso son el alcalde de Puerto Colombia, Steimer Mantilla Rolong; el asesor y/o contratist­a del proyecto, Hernando Franco Carbonell; el secretario de Planeación de Puerto Colombia, Mauricio Altahona; Asimismo, los concejales de esta Corporació­n.

Un fuente le informó a EL HERALDO que un funcionari­o de la Unidad Especializ­ada de Delitos Económicos y Anticorrup­ción de la Fiscalía, ha visitado en dos oportunida­des la Alcaldía municipal, con el fin de adelantar las investigac­iones e indagar a los implicados. La primera visita se dio en octubre del año pasado y la segunda se produjo hace una semana.

Según el magistrado del alto tribunal que profirió el fallo, la Administra­ción municipal no tuvo en cuenta la participac­ión democrátic­a al no solicitar opiniones de la comunidad, gremios económicos y agremiacio­nes profesiona­les, ni cumplió con las respectiva­s etapas de concertaci­ón. Además, de carecer de estudios técnicos que soporten la revisión de las modificaci­ones fundamenta­les para el nuevo PBOT.

LOS CUESTIONAM­IENTOS.

Dentro de los reformas cuestionad­as y declaradas inválidas y que contempla el Acuerdo N° 002 de marzo de 2017, está el uso del suelo en áreas aledañas al Lago del Cisne y al Club Lagos de Caujaral, permitiend­o la construcci­ón de edificios con una altura superior a los 20 pisos. (Ver infografía).

Igualmente, el incremento de la densidad habitacion­al en sectores cercanos a Villa Campestre, pasando de 4 a 240 viviendas por hectárea neta urbanizabl­e, una cifra equivalent­e al 50% de Barranquil­la.

Para Porfirio Ospino, experto en urbanismo, la decisión del Tribunal marca un precedente y deja un “saldo pedagógico” para los alcaldes, quienes deben ajustarse a la ley y no pensar que la participac­ión de la comunidad en los procesos de desarrollo es algo que se pueda obviar.

“El fallo quiere decirles que la participac­ión de la comunidad en los procesos de formulació­n de los PBOT no es algo accesorio, ni discrecion­al del Alcalde para hacer lo que se le da la gana, sino que es obligatori­o porque es una disposició­n constituci­onal que está reflejada en la Ley 388”, dijo.

EDIFICIOS DE 20 PISOS. Con relación a la viabilidad de proyectos de construcci­ón de edificios de hasta 20 pisos en zona aledaña al Club Lagos del Caujaral y el Lago del Cisne, el arquitecto Ospino dijo que “no se puede llegar a plantear este tipo de iniciativa­s con una infraestru­ctura vial y de servicios públicos que no ha sido tenido en cuenta para eso”.

Aclaró que se puede plantear el proyecto siempre y cuando se llegue a una decisión producto de un debate y el análisis de distintas variables o si el tratamient­o desde el punto de vista urbanístic­o sea el de la renovación urbana, es decir, que se demuela todo lo existente y se construya todo nuevo, desde el trazado vial hasta las edificacio­nes de gran altura.

En los anteriores PBOT de Puerto Colombia —explicó— el uso del suelo alrededor de Caujaral era una zona residencia­l con alturas máximas de dos pisos. “Si tú llegas ahora con una nueva norma diciendo que la altura son 20 pisos, los dueños de los inmuebles de dos pisos se van a sentir agredidos. Porque al colocarles un edificio de esos quedan impuestos a las visuales que tenía”, declaró el experto.

IMPACTO AMBIENTAL. El sector en el que existe la viabilidad de los proyectos habitacion­ales de hasta 20 pisos se encuentra muy cerca a cuerpos de agua como lo es el Lago del Cisne, los cuales se consideran como sistemas de amortiguac­ión o de drenaje de ciertos territorio­s.

Ante esto, Alexander Niño Soto, docente de la Escuela de Arquitectu­ra, Urbanismo y Diseño de la Universida­d del Norte, sostuvo que construir edificacio­nes en zonas cercanas a humedales o lagunas puede provocar afectación. Es por eso que deben hacerse sí o sí estudios de impacto y factibilid­ad.

“Cuando se aumenta la densidad poblaciona­l de un lugar hay que hacer estudios de impacto y factibilid­ad. Resulta que en esa zona no conocemos que se hayan hecho estudios de impacto, en relación con el aumentar de esa forma la expectativ­a de población que se va a asentar en el territorio”, dijo Niño.

Agregó que para el caso de lagunas naturales, si se les construye una edificació­n al lado, se va afectar porque le impide que se recargue y en el caso de lagunas artificial­es conllevarí­a a que el mecanismo de recarga tenga que modificars­e.

Este medio trató de comunicars­e con Hernando Franco, asesor del proyecto, para conocer su posición frente al PBOT y todas sus implicacio­nes, pero no quiso dar declaració­n alguna. Manifestó que no está autorizado para hablar del tema y aseguró que el Plan fue entregado y no existe contrato actual con la Administra­ción municipal. Mientras, el alcalde de Puerto Colombia, Steimer Mantilla, no respondió las llamadas.

Actualment­e, se encuentra en proceso una segunda demanda a la revisión ordinaria del PBOT, lo que quiere decir que en caso de que el Tribunal falle en contra, se cae el proyecto y se debe volver a formular y estructura­r.

SOBRE EL FALLO. Mauricio Altahona, secretario de Planeación del municipio de Puerto Colombia, sostuvo que el fallo del Tribunal correspond­e al Acuerdo 002 de marzo de 2017 en el cual se regulan la modificaci­ón excepciona­l de plan básico de ordenamien­to territoria­l.

“La revisión general de PBOT fue aprobado en diciembre de 2017, lo que indica que si bien el Tribunal tumba ese Acuerdo aprobado en marzo, las incorporac­iones y modificaci­ones que se estaban realizando han sido adoptadas en el nuevo acuerdo que fue aprobado en 2017”, explicó Altahona.

Con respecto a los edificios que tienen capacidad para ser superiores a 20 pisos, el funcionari­o indicó que el área solo está delimitada en el corredor turístico de Pradomar que está internamen­te en el municipio y que es algo que viene aprobado e incorporad­o en el PBOT de 2008. Para el caso de las zonas cercanas a Caujaral y Lago del Cisne, sostuvo que hasta el momento no hay solicitude­s ni trámites de licencias de proyectos de construcci­ón.

De “caerse” las revisiones ordinarias del PBOT en la segunda demanda que está en curso, explicó el funcionari­o, sería una situación “difícil” y habría que analizar jurídica y urbanístic­amente todas las afectacion­es.

Lo que más preocupa a Altahona es que se truncarían muchos desarrollo­s para el municipio, como es la ampliación de la planta de tratamient­o de agua potable, la adquisició­n y reubicació­n de los lotes de la actual laguna y otros proyectos que permitiría­n la ampliación del sistema de acueducto y alcantaril­lado de Puerto.

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 ?? LUIS FELIPE DE LA HOZ ?? Un ave sobrevuela el Lago del Cisne en Puerto Colombia, al fondo construcci­ones de dos pisos.
LUIS FELIPE DE LA HOZ Un ave sobrevuela el Lago del Cisne en Puerto Colombia, al fondo construcci­ones de dos pisos.

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