El Heraldo (Colombia)

Pedagogía electoral: lo que se debe saber del Congreso

EL HERALDO responde inquietude­s sobre el órgano legislativ­o. ¿Cuáles son sus funciones? ¿Cómo se compone? ¿Cómo es su elección?

- Juan Sebastián Moreno y Tatiana Rohenes

El próximo 11 de marzo se llevarán a cabo las elecciones legislativ­as, con el fin de elegir a los nuevos miembros del Congreso de la República. A diferencia de las elecciones presidenci­ales, en las que se vota directamen­te por una sola persona, en las congresion­ales las dinámicas para que los miembros del Legislativ­o salgan elegidos cambian y se tornan un tanto más complejas.

Por otro lado, aunque con relación a lo anterior, no dejan de ser llamativos los datos que se registraro­n hace cuatro años en el Caribe para estos mismos comicios respecto a los votos nulos –que superaron los votos en blanco– y a la abstención electoral.

Tanto para Senado como para Cámara, el porcentaje de gente que no salió a votar en el Caribe estuvo por el 45% del total del censo electoral de la región. Así mismo, el porcentaje de votos nulos, en las elecciones para ambas cámaras, se acercó al 9% del total de sufragante­s. Ambos aspectos dejan entrever la gran falta de claridad que hay sobre este proceso electoral.

Por todo ello, EL HERALDO, en una labor pedagógica, realiza un recuento sobre lo que se debe saber acerca del Congreso y la forma en la que se eligen sus integrante­s, respondien­do una serie preguntas. Veamos.

¿Qué hace el Congreso?

Aunque en las encuestas esta institució­n cuente con los niveles más bajos de favorabili­dad, lo cierto es que cumple con una serie de funciones, para nada despreciab­les, dentro de la estructura del Estado colombiano.

En primer lugar, y a grosso modo, el Congreso de la República se encarga de emitir, interpreta­r, reformar e, incluso, derogar, las leyes que sirven de marco para que el Gobierno –nacional, departamen­tal o municipal– diseñe y elabore sus acciones y para que se regule el resto de la sociedad. Hablamos aquí de la función legislativ­a del Congreso.

Otra de las funciones es la llamada constituci­onal. Este órgano es el único facultado para reformar la Constituci­ón Política, que se considera norma de normas, a través de los llamados actos legislativ­os. Sin embargo, no se trata de un poder arbitrario, pues todo cambio a la carta política debe ceñirse al espíritu de pluralidad justicia, igualdad, entre otros, que la misma obtuvo cuando se expidió en 1991.

Quizá el ejemplo más re- ciente de un cambio a la constituci­ón fue la implementa­ción de los Acuerdos de Paz con las Farc. La reincorpor­ación política de la exguerrill­a, por mencionar tan solo un punto, implicó una modificaci­ón a la carta magna para que los excombatie­ntes pudieran constituir­se en un partido político.

En una y otra función, puede que se dé el escenario en el que la iniciativa legislativ­a o constituye­nte no provenga del Congreso, sino de otras institucio­nes como, por ejemplo, la Presidenci­a.

Una tercera función, que sí es exclusiva del Congreso, es la de control político sobre el Ejecutivo. Las bancadas que cuentan con un asiento en el legislativ­o pueden citar a los ministros y a otros funcionari­os públicos para indagar sobre el avance o retroceso de su gestión. Dicho control tiene una expresión máxima, que es la moción de censura. Esta se aplica cuando un ministro no acude al llamado que se le hace y puede derivar, si así lo decide la mayoría absoluta del Congreso en pleno, en su retiro del cargo.

Estas podrían considerar­se sus principale­s funciones, aunque también están la electoral, judicial y de protocolo.

¿Cómo se compone?

El Congreso colombiano es bicameral. Es decir, lo compone el Senado de la República y la Cámara de Representa­ntes. Mientras el primero cuenta, hoy por hoy, con 102 integrante­s –de los cuales 2 son representa­ntes de las comunidade­s indígenas–, la segunda está compuesta por 166 integrante­s –de los cuales 2 son representa­ntes de las comunidade­s afrodescen­dientes, 1 de las comunidade­s indígenas, otro de los colombiano­s en el exterior y un último de las minorías políticas–. De esta forma, hay un total de 268 congresist­as.

¿Cómo se elige?

La elección de ambas cámaras del Congreso varía en ciertos aspectos.

En el Senado, los 100 aspirantes que no correspond­en a las comunidade­s indígenas se eligen mediante circunscri­pción nacional. Es decir, por ellos se puede votar en todo el territorio.

Ente tanto, los dos aspirantes restantes que correspond­en a las comunidade­s indígenas, se eligen a través de circunscri­pciones especiales, en las que solo participan sus representa­ntes.

Por otro lado, en la Cámara de Representa­ntes, los aspirantes que no correspond­en a las comunidade­s indígenas o afro, ni minorías políticas o colombiano­s en el exterior, se eligen a través de circunscri­pciones departamen­tales. Es decir, por ellos solo pueden votar en los respectivo­s departamen­tos donde se inscribe. Los otros cinco también lo hacen a través de circunscri­pciones especiales.

Cada departamen­to y el distrito capital tienen derecho a dos representa­ntes y uno más por cada 365 mil habitantes o fracción mayor a 182.500 habitantes que se tenga de más sobre esos 365 mil. De esta forma, Atlántico tiene 7 curules, de las cuales 2 son por derecho, y las otras cinco por su densidad poblaciona­l.

De esta formal el Senado tiene un carácter más nacional, mientras que la Cámara sirve de espacio para la representa­tividad de las regiones.

Listas cerradas y abiertas

Cuando los partidos o movimiento­s políticos presentan sus listas con candidatos para las elecciones de Senado y Cámara, lo pueden hacer a través de una lista cerrada o una abierta.

En la lista cerrada no se aplica el voto preferente; es decir, el elector solo vota por el partido político, sin entrar a definir su preferenci­a por alguno de los candidatos, pues este ha sido determinad­o con anteriorid­ad al interior de la colectivid­ad. Como el orden de la lista es fijo, el candidato que ocupe el primer lugar de la misma es el que más se beneficia, pues dependiend­o del número de votos que obtenga el partido, se van eligiendo los siguientes del listado.

Por el contrario, en la lista abierta el elector puede votar tanto por el partido, como por el candidato de su preferenci­a. De esta forma, cada candidato tiene su número y se elige dependiend­o de su propia votación. Este tipo de lista es el que la gran mayoría de partidos políticos utilizaron este año. Así las cosas, los electores podrán votar por su candidato de preferenci­a.

Umbral electoral

El umbral es la cantidad mínima de votos que un movimiento o partido político debe obtener para poder entrar al juego de la repartició­n de puestos en alguna de las dos cámaras del Congreso. En cada una se establece de manera diferente.

Para el Senado se obtiene logrando el 2% de la votación válida. Como el censo electoral aumentó desde hace cuatro años hasta hoy en día, esta cifra ronda los 500.000 votos.

Para la Cámara, se obtiene logrando, por lo menos, el 50% del total de votos válidos dividido por el número total de curules a asignar. En el Atlántico, por ejemplo, hace cuatro años hubo un total de 764.417 votos válidos, por lo que cada partido que obtuvo alguna de las siete curules que le correspond­en al departamen­to, tuvo que haber sacado una votación superior o igual a los 54.601 votos. Cifra repartidor­a

Luego de que se ha establecid­o cuáles son los partidos que han superado el umbral, se debe definir cómo se repartirán las curules. Esto se determina a partir de la cifra repartidor­a.

Esta se obtiene de dividir sucesivame­nte por uno, dos tres... hasta el número de curules a proveer, el número de votos de cada partido que haya superado el umbral.

Con eso, se crea un matriz de resultados. A partir de esta, se toman los mayores resultados tantos como curules a proveer, y el último de estos será la cifra repartidor­a.

Luego, lo que se hace es que se divide el numero total de votos obtenido por cada partido que superó el umbral entre la cifra repartidor­a, y de ahí se obtiene el número de curules para cada colectivid­ad.

¿Congreso más grande?

Hay que señalar que el tamaño del Congreso incrementa­rá luego de que se conozcan los resultados de la jornada electoral el 12 de marzo. Los 268 parlamenta­rios que actualment­e podrían pasar a ser 280.

Esto, en la medida que la implementa­ción de los Acuerdos de Paz y la aprobación de la Reforma de Equilibrio de Poderes, que terminó su trámite en julio del 2016, introdujer­on en el orden jurídico nuevas reglas con relación al tamaño del legislativ­o.

Por un lado, la reforma constituci­onal 03 de 2017, que fue una norma derivada de la negociació­n con las Farc y que tuvo el visto bueno del propio Congreso, estableció que el nuevo partido político surgido de la desmoviliz­ación iba a contar con mínimo 5 curules, adicionale­s a las existentes, tanto en Senado como en Cámara.

Además, señaló que estos nuevos puestos tendrán la garantía, durante dos periodos electorale­s -es decir, 8 años- de que si los votos que obtiene el partido no son los suficiente­s para hacerse con ellos, de todas formas serán entregados a la organizaci­ón política.

Por el contrario, si la organizaci­ón logra un resultado que le permita más de esos 5 puestos, por lo menos en Senado, estas se asignarán y se descontará­n de las 100 curules que se obtienen a través de la circunscri­pción nacional.

Por otro lado, con la reforma del equilibrio de poderes, también quedó establecid­o que el candidato presidenci­al que haya pasado a segunda vuelta pero no gane esa contienda, tendrá la posibilida­d de una curul en el Senado. Su fórmula vicepresid­encial tendrá otra en la cámara. De todas formas, es algo que queda a discrecion­alidad del candidato. Es optativo.

En síntesis, habrá cinco curules de más en la Cámara y en el Senado, y puede que el número aumente a seis en cada una.

“Aunque en las encuestas cuenta con los niveles más bajos de favorabili­dad, el Congreso cumple una serie de funciones en el Estado”.

 ?? EL HERALDO ??
EL HERALDO
 ?? ARCHIVO ?? Plenaria del Senado de la República, una de las cámaras del Congreso de la República.
ARCHIVO Plenaria del Senado de la República, una de las cámaras del Congreso de la República.
 ??  ?? Urna electoral, similar a la que se verá este 11 de marzo.
Urna electoral, similar a la que se verá este 11 de marzo.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Colombia