“Hay un man muy grande que quiere hablar”
Texto íntegro de la Resolución de la Corte Suprema en la que llama a indagatoria a Álvaro Uribe
Texto íntegro de la Corte Suprema de Justicia en el que se llama a indagatoria al expresidente y senador.
Por auto del 16 de febrero del año en curso, dentro del radicado 38451, esta Sala de Instrucción se inhibió de abrir investigación formal en contra del Senador Iván Cepeda Castro por los cargos que el doctor Álvaro Uribe Vélez, a través de su apoderado, presentó en su contra por visitar las cárceles del país, y con abuso de las funciones que ostentaba como miembro de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Representantes y de la Comisión de Paz, entrevistar internos para ofrecerles beneficios jurídicos o la salida del país, a cambio de señalar falsamente al senador Uribe Vélez y a su hermano Santiago de cometer diferentes delitos y vincularlos con una organización armada ilegal.
Adicional a lo anterior, y dado que en la aludida investigación se advirtió la existencia de amenazas y posibles ofrecimientos –al parecer con la participación de terceros–, orientados a incidir en las declaraciones de varios de los testigos que comparecieron a declarar en dicho asunto y en otros, tramitados ante diferentes autoridades, por los mismos hechos, la Sala ordenó expedir copias para investigar la posible participación del doctor Álvaro Uribe Vélez.
El 22 de febrero del año en curso, mientras se descorría el término de traslado para sustentar recurso de reposición interpuesto por el apoderado de la parte civil en contra de la decisión citada en precedencia, el defensor del doctor Iván Cepeda Castro, abogado Reinaldo Villalba Vargas, puso en conocimiento de la Sala que el día 21 del mismo mes, “el señor Juan Guillermo Monsalve recibió de un amigo suyo de Neiva, vía WhatsApp, un mensaje escrito en el que le dicen ‘hay un man muy grande’ que quiere hablar por medio mío ‘referente a ese chicharrón... me llegaron de parte del ex... pues para que hable con usted de parte directamente del ex’. En dicho mensaje se menciona al ‘viejo cepe’’.
Dicho personaje –aseguró el mencionado defensor Villalba– también se comunicó con Monsalve Pineda a través de un mensaje de voz manifestándole que el presidente del Centro Democrático del Huila, refiriéndose a una persona de apellido Prada, “lo abordó y le pidió que tramitara –con él– ...un video en el que se retractara de sus testimonios y culpara a Cepeda de haberle ofrecido prebendas para rendir declaraciones, que dicho video tenía que ser radicado con urgencia, el viernes. Agrega el interlocutor que le habían dicho que le iban a mandar un abogado. Además, el interlocutor dice que el vocero del CD, desde su teléfono lo puso en altavoz directamente a hablar con ‘el viejo’, que ‘era la voz del viejo’, y que este le manifestó que le ayudara con lo del video”.
Agregó el doctor Villalba Vargas que, el mismo 21 de febrero, un abogado acudió a la cárcel Picota con el fin de entrevistar a Juan Guillermo Monsalve Pineda, quien se negó a recibirlo. No obstante, según le informó Monsalve, “a través de la persona que había gestionado dicha visita y quien atendió al abogado, se enteró que este vino a proponerle –a Juan Guillermo Monsalve– que hiciera con urgencia un video retractándose de sus testimonios con el objetivo de radicarlo”.
Con base en los hechos denunciados, por auto del 22 de febrero del año en curso, se dispuso la apertura de investigación previa, y con miras a cumplir los objetivos del artículo 322 de la Ley 600 de 2000 se libraron distintas órdenes al Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación, al tiempo que se acopiaron otras pruebas testimoniales y documentales.
Efectivamente, en desarrollo de la pesquisa se estableció que Álvaro Hernán Prada Artunduaga fue el congresista con quien, al parecer, Carlos Eduardo López Callejas se contactó durante los días 21 y 22 de febrero del año en curso, y la persona importante que le refirió a Juan Guillermo Monsalve Pineda en los WhatsApps, como aquella que le pidió contactarlo con el propósito de convencerlo de hacer un video retractándose de sus declaraciones en las que señaló al doctor Uribe Vélez como partícipe en la comisión de varios delitos, lo cual tampoco se logró ante la enfática negativa de Monsalve.
La prueba recaudada también evidenció que Diego Javier Cadena Ramírez fue el abogado que el 21 de febrero intentó entrevistarse con Juan Guillermo Monsalve Pineda, y que, el día 22, gracias a la intervención de Enrique Pardo Hasche, compañero de reclusión de aquel, logró su objetivo.
En efecto, en esa fecha ingresaron a la sala de visitas del pabellón de extraditables de la cárcel Picota el abogado Diego Javier Cadena Ramírez, quien fue recibido por Enrique Pardo Hasche, luego el doctor Héctor Romero, defensor de Juan Monsalve y minutos más tarde los profesionales del derecho Jaime Lombana Villalba y María Mercedes Williamson de Londoño. Cadena y Romero se sentaron en una mesa y Pardo en otra, en compañía del doctor Lombana y la doctora Williamson.
Juan Monsalve fue el último en llegar al sitio, y guiado por señalamiento de Pardo Hasche se dirigió hacia la mesa en la que se encontraban Diego Cadena Ramírez y Héctor Romero. En desarrollo de la conversación el abogado Cadena le manifestó a Monsalve actuar en nombre del doctor Álvaro Uribe Vélez, y le pidió firmar un documento previamente elaborado con el fin de presentarlo con el recurso de reposición interpuesto contra la decisión del 16 de febrero, cuyo término para sustentar se vencía al día siguiente, esto es, el 23.
En contraprestación, Ca- dena Ramírez le ofreció a Monsalve Pineda presentar una acción de revisión en su caso sin cobrarle honorarios; gestionar a su favor mejores condiciones de reclusión, y le sugirió solicitar públicamente seguridad para él y su familia, que él lo apoyaría. Para ese momento, Pardo Hasche, quien se unió a la reunión tras despedirse de los abogados Lombana Villalba y Williamson de Londoño, intervino activamente para que Monsalve accediera a firmar el documento, pero este se negó aduciendo no estar dispuesto a incurrir en un delito de falso testimonio para no incrementar la pena que está purgando.
Asimismo, las labores de verificación ordenadas dentro de la actuación reservada dispuesta en este asunto, indican que el abogado Diego Javier Cadena Ramírez visitó en otras dos oportunidades a Juan Guillermo Monsalve con el fin de obtener de su puño y letra un escrito en el que le ofreciera disculpas al doctor Álvaro Uribe Vélez y afirmara que fue víctima de una “falsa ilusión” ofrecida por “ese Senador” (Cepeda), gestiones de las cuales el abogado Cadena, informó de inmediato al senador Uribe Vélez.
Efectivamente Juan Guillermo Monsalve elaboró, en su celda, con la asesoría de Enrique Pardo Hasche, un escrito haciendo tales afirmaciones, el cual debía hacerle llegar al abogado Cadena Ramírez por intermedio de Deyanira Gómez –compañera de Monsalve–. Para ello, el jurista concertó una cita con dicha señora para el 5 de abril del año en curso en una cafetería ubicada en la carrera 7 con calle 17 de esta ciudad, y aunque el encuentro se realizó, no se entregó documento alguno.
Adicional a lo anterior, la prueba practicada indica que de manera personal y directa el doctor Álvaro Uribe Vélez ha procurado el contacto con personas en el exterior para que Juan Carlos Sierra Ramírez, alias ‘Tuso Sierra’ haga un video declarando a su favor y, con idéntico propósito, ha gestionado contactos similares, buscando personas para desacreditar a Juan Carlos Meneses, testigo en la investigación que en la actualidad tiene en juicio a Santiago Uribe.
En la actualidad, el senador Uribe Vélez continúa utilizando los servicios del abogado Diego Javier Cadena Ramírez, quien, con la colaboración de otras personas, ha contactado en diferentes cárceles –y por fuera de ellas– a exmiembros de grupos paramilitares para que –a cambio de favores ju- rídicos y al parecer dinero–, elaboren escritos y videos a favor del senador Álvaro Uribe Vélez y de su hermano Santiago.
Como resultado de esa actividad, los apoderados principal y suplente del doctor Álvaro Uribe Vélez, reconocidos dentro de las actuaciones radicadas con los números 38451 y 52601 han presentado, al interior de las mismas, solicitudes anexando videos y escritos supuestamente realizados de manera voluntaria por quienes han hecho la filmación o firmado el do- cumento respectivo, como prueba de que las sindicaciones delictivas en contra del doctor Álvaro Uribe Vélez y su hermano Santiago, responden a ofrecimientos hechos por el doctor Iván Cepeda Castro y otras personas, es decir, están orientados a desvirtuar los hechos que dieron origen a la compulsa de copias dispuesta en la decisión del 16 de febrero pasado.
En efecto, los documentos aportados tachan de mentirosos a quienes, como Pablo Hernán Sierra García y Juan Guillermo Monsalve Pineda, han mencionado la existencia de vínculos entre los hermanos Uribe Vélez y grupos paramilitares en Antioquia y, en todos los eventos, se afirma la participación de terceras personas como la abogada Mercedes Arroyave y el mismo Pablo Hernán Sierra, entre otros, con el ánimo de hacerle daño al Senador Uribe Vélez y a su hermano Santiago.
De igual manera, y pese a que se encuentra formalmente ejecutoriada la orden de archivo emitida a favor de Cepeda Castro en el expediente 38451, decisión del 16 de febrero de este año, donde además se dispuso compulsar copias para investigar la conducta del doctor Uribe Vélez en relación con varios de los testigos que declararon en dicho asunto, el abogado Diego Javier Cadena Ramírez presentó un memorial solicitando su revocatoria con base en tres escritos de contenido similar a los anteriormente mencionados, supuestamente confeccionados por tres internos de la cárcel de Cómbita, con la expresa constancia de que “representa los intereses jurídicos del presidente Álvaro Uribe Vélez”. No obstante, en dicho asunto, ni en el radicado 52601 ha acreditado poder que lo acredite para actuar en su nombre.
Por último, cabe mencionar que el abogado Diego Javier Cadena Ramírez, igualmente siguiendo instrucciones del doctor Álvaro Uribe Vélez, contactó en la cárcel de El Buen Pastor a la exfiscal Hilda Jeaneth Niño Farfán para que se comprometiera a declarar en el juicio de Santiago Uribe que altos funcionarios de la Fiscalía General de la Nación se confabularon para acusarlo, a lo que esta accedió pidiendo a cambio ayuda para que en cumplimiento de una acción de tutela ya fallada a su favor, se le fijara como nuevo sitio de reclusión la Escuela de Caballería.
De todo lo anterior, en criterio de esta Sala, se vislumbra la posible participación de varias personas, y probablemente entre ellas, la del congresista Álvaro Hernán Prada Artunduaga, en el diseño y ejecución de un plan orientado a desviar la atención de la justicia y, por esa vía, hacer incurrir en error en las determinaciones que habrán de tomarse a la hora de ponderar la veracidad de las imputaciones que pesan en contra de los señores Álvaro y Santiago Uribe Vélez.
Así las cosas, y como tales hechos pueden tipificar los delitos de soborno en actuación penal y fraude procesal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 331 de la Ley 600 de 2000 que rige este asunto, se dispone abrir investigación en contra del Senador Álvaro Uribe Vélez y del Representante a la Cámara Álvaro Hernán Prada Artunduaga.
En consecuencia, con miras al cumplimiento de los fines previstos en la norma en cita, se dispone la práctica de las siguientes pruebas:
1. Acreditar la calidad foral del senador Álvaro Uribe Vélez y actualizar la del Congresista Álvaro Hernán Prada Artunduaga.
2. Citar a indagatoria al doctor Álvaro Uribe Vélez, diligencia a la que deberá comparecer en compañía de su defensor.
3. Citar a indagatoria al Congresista Álvaro Hernán Prada Artunduaga, diligencia a la que deberá asistir con defensor.
4. Escuchar en declaración a las siguientes personas: –Vicky Jaramillo –Rodrigo Vidal Perdomo –Hugo Tovar Marroquín –Iván Velásquez –Piedad Córdoba Ruiz –Gustavo Adolfo Rodríguez Hernández –Hernando Torres –Mercedes Arroyave –Samuel Arturo Sánchez Cañón
–Juan José Salazar –Juan Guillermo Villegas Uribe
–Hilda Jeaneth Niño Farfán
–Pablo Hernán Sierra García
–Juan Carlos Sierra Ramírez
–Daniel Rendón Herrera (a. Don Mario)
–José Gélvez Albarracín (a. El Canoso)
–Carlos Enrique Vélez Ramírez
-Euridice Cortés (a. Diana) -Jhon Jaime Cárdenas Suárez (a. Fosforito)
–Fauner José Barahona Rodríguez (a. Racumín) –Máximo Cuesta Valencia –Giovany Alberto Cadavid Zapata
–Elmo José Mármol Torregrosa
–Arley Guzmán Pérez –Hamilton Rodríguez
5. Practicar los testimonios ordenados mediante auto del 23 de abril del año en curso, es decir, los de: –Héctor Romero –Diego Javier Cadena Ramírez
–Jaime Lombana Villalba –María Mercedes Williamson
–Enrique Pardo Hasche –Iván Cepeda Castro
6. Escuchar en ampliación de declaración a Juan Guillermo Monsalve Pineda.
7. Escuchar en ampliación de declaración a Deyanira Gómez Sarmiento.
8. Escuchar en ampliación de declaración a Carlos Eduardo López Callejas.
9. Librar misión de Trabajo a la funcionaria del Cuerpo Técnico de Investigaciones que apoya a este Despacho a efectos de que realice las siguientes labores:
a. Hacer las consultas correspondientes a efectos de:
–Establecer si Carlos Enrique Vélez tiene actuaciones penales en trámite, indicando en caso positivo, la fecha de los hechos, la autoridad de conocimiento y el estado del asunto.
–Establecer los procesos en trámite, o finiquitados con sentencia definitiva, en contra de Jhon Jaime Cárdenas Suárez, Fauner José Barahona Rodríguez, Máximo Cuesta Valencia, Giovany Alberto Cadavid Zapata, Elmo José Mármol Torregrosa e Hilda Jeaneth Niño Farfán.
–Establecer los antecedentes de Hamilton Rodríguez y Euridice Cortés.
b. Establecer, mediante diligencias de inspección a los respectivos registros y controles establecidos por el INPEC y los establecimientos carcelarios correspondientes:
–En lo que va corrido de este año, quiénes (funcionarios, abogados, amigos o familiares) han visitado a Carlos Enrique Vélez Ramírez.
–En cuáles sitios de reclusión han estado Jhon Jaime Cárdenas Suárez, Fauner José Barahona Rodríguez, Máximo Cuesta Valencia, Giovany Alberto Cadavid Zapata, Elmo José Mármol Torregrosa e Hilda Jeaneth Niño Farfán, durante el tiempo que llevan privados de la libertad.
–Quiénes, en condición de familiares, abogados o funcionarios judiciales se han entrevistado con Jhon Jaime Cárdenas Suárez, Fauner José Barahona Rodríguez, Máximo Cuesta Valencia, Giovany Alberto Cadavid Zapata, Elmo José Mármol Torregrosa e Hilda Jeaneth Niño Farfán, durante el tiempo que llevan privados de la libertad.
–Establecer los ingresos que registre la abogada Mercedes Arroyave Ardila a la cárcel de la Paz, Itagüi, Picota y Cómbita, desde 2011 a la fecha.
–Establecer los ingresos de los abogados Diego Javier Cadena Ramírez y Juan José Mazar a las cárceles de Palmira, Buen Pastor, Itagüi, Cómbita y la Paz.
10. Como quiera que el doctor Álvaro Uribe Vélez, mediante escrito del pasado 28 de junio elevó derecho de petición solicitando información acerca de la existencia de esta actuación y, en caso de existir sindicaciones en su contra, pidió se le escuchara en versión, por sustracción de materia esta decisión responde a tal solicitud.
De igual modo, se accede a la solicitud de copias elevada por el doctor Uribe Vélez en la petición reseñada en precedencia.
Por secretaría líbrense las comunicaciones de ley. Cúmplase.