El Heraldo (Colombia)

Por mototaxism­o, Consejo de Estado condenó a Santa Marta

Empresa de buses alegó la disminució­n de pasajeros.

- Por Agustín Iguarán

SANTA MARTA. El Distrito de Santa Marta fue condenado por el Consejo de Estado como responsabl­e extracontr­actualment­e, por los perjuicios causados a la Empresa de Transporte­s Turísticos El Rodadero-Rodaturs S.A., por la disminució­n en el número de pasajeros que transporta­ba por cuenta del surgimient­o del mototaxism­o, en el período comprendid­o entre el año 2005 y 2007.

En fallo de segunda instancia, el alto tribunal, ordena el pago por los perjuicios sufridos en lucro cesante a causa del surgimient­o de ese transporte de pasajeros ilegal.

El proceso inició cuando la empresa interpuso demanda de reparación directa en el año 2007 ante el Tribunal Administra­tivo del Magdalena, que en junio de 2010 falló a favor de la administra­ción Distrital. En dicha sentencia precisaba que “es evidente la existencia de una omisión por parte del Distrito para no atacar de manera efectiva el fenómeno del mototaxism­o“. Agrega que “no se encuentra probado el nexo causal, pues no se demostró que la crisis financiera de Rodaturs fuera por esa causa”.

Ante la negación de las pretension­es, Rodaturs S.A. apeló la decisión y el proceso pasó al Consejo de Estado, que en auto del 23 de mayo de 2018, revocó el fallo de primera instancia y condenó a pagar los perjuicios, indicando que la demandante debe iniciar un “incidente de liquidació­n de perjuicios ante el Tribunal, a fin de que se determine el monto a reconocer a su favor por el lucro cesante”.

En las pretension­es de la demanda, la empresa solicitaba el reconocimi­ento de prejuicios morales, sobre lo que la Sala decidió negarlos en cuanto su ocurrencia no fue demostrada por la demandante.

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CORTESíA Mototaxist­as por el centro de Santa Marta.

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