El Heraldo (Colombia)

CORTE ORDENA GARANTIZAR RECONSTRUC­CIÓN DE SENOS POR CÁNCER DE MAMA

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La Corte Constituci­onal aseguró que la reconstruc­ción mamaria tras sufrir cáncer de seno no debe ser considerad­a una cirugía estética y por ende deben garantizar el derecho de las mujeres a realizarse estos procedimie­ntos y debe estar incluida dentro del Plan de Beneficios en Salud.

“La Sala concluye que la cirugía objeto de la tutela no puede catalogars­e como estética, cosmética o suntuaria; habida cuenta que con ella se pretende superar un problema cuyo origen devino de la intervenci­ón médica a la que tuvo que someterse, como forma para curar el cáncer de mama que le fue diagnostic­ado”, señaló la Corte.

El alto tribunal aclara que las institucio­nes deben diferencia­r entre dos tipos de intervenci­ones quirúrgica­s: las de carácter estético y la de rehabilita­ción o recuperaci­ón funcional.

“La primera de ellas tiene como finalidad modificar o alterar la estética o apariencia física de una parte del cuerpo con el fin de satisfacer el concepto subjetivo que la persona; mientras que la segunda tiene como fin preservar el derecho a la salud dentro de los parámetros de una vida sana y digna”, señala la sentencia de la Corte. La tutela revisada por la Corte fue presentada por una ciudadana de 59 años contra la Corporació­n de Servicios Médicos Internacio­nales Them & Cía por negarse a autorizar la cirugía de reconstruc­ción de seno derecho y la reducción del seno izquierdo.

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