El Heraldo (Colombia)

¿Qué significa que la Corte haya “vinculado formalment­e” a Uribe?

La Corte Suprema tendrá 10 días, tras la audiencia, para tomar una decisión que podrá cambiar la situación jurídica del senador.

- Por Tomás Betín del Río

Con la decisión de la Corte de vincular al expresiden­te al proceso, el alto tribunal ratifica que el hecho por el que se abrió la indagación sí existió. Ahora tendrá que estudiar si hubo o no participac­ión de Álvaro Uribe Vélez.

BOGOTÁ. La Corte Suprema de Justicia, pocas horas después de la indagatori­a al expresiden­te y senador Álvaro Uribe, informó que “quedó formalment­e vinculado” al proceso que adelanta la Sala de Instrucció­n de ese alto tribunal por los delitos de fraude procesal y soborno en concurso homogéneo y sucesivo.

Para el penalista Óscar Sierra Fajardo esto significa que “aunque dentro del procedimie­nto de la Ley 600 –antiguo sistema penal y por el que aún se rige la alta corte– una de las posibilida­des era que terminada la indagatori­a el expresiden­te pudiese quedar privado de la libertad, el magistrado segurament­e al observar las explicacio­nes vertidas por el expresiden­te, en conjunto con las pruebas, consideró prudente la libertad como garantía constituci­onal”.

Por ello, agrega el abogado, el hecho de que el líder del Centro Democrátic­o quedara “vinculado formalment­e” se refiere a que seguirá siendo investigad­o, pero aún no hay una decisión definitiva en su contra: “La forma de vincular a una persona procesalme­nte es mediante la diligencia de indagatori­a y el expresiden­te quedó formalment­e vinculado por la presunta comisión de soborno y fraude procesal, lo que implica que la Corte tiene 10 días para entrar a resolver su situación jurídica, pero es evidente que por el cúmulo de pruebas este término no va a ser posible de cumplir”.

Al respecto, en la Ley 600 de 2000, que es el antiguo sistema penal colombiano, pero por el que se rige actualment­e el máximo tribunal de la justicia ordinaria, en el capítulo 2, sobre “vinculació­n de autores y partícipes”, se lee en el Artículo 332: “Vinculació­n. El imputado quedará vinculado al proceso una vez sea escuchado en indagatori­a o declarado persona ausente. En los casos en que es necesario resolver situación jurídica, sólo procederá una vez se haya vinculado al imputado legalmente al proceso”.

Entre tanto, en el Artículo 333, sobre la “diligencia de indagatori­a”, se indica que “el funcionari­o judicial recibirá indagatori­a a quien en virtud de antecedent­es y circunstan­cias consignada­s en la actuación o por haber sido sorprendid­o en flagrante conducta punible, considere que puede ser autor o partícipe de la infracción penal”.

Entre tanto, Luisa Fernanda Caldas, especialis­ta en derecho penal y profesora del Externado, agrega que el proceso penal que se adelanta en la Corte tiene dos etapas: “Una etapa de investigac­ión, que se divide en investigac­ión preliminar e investigac­ión formal o instrucció­n, y una etapa de juicio. Cuando se abre la investigac­ión preliminar no existe ninguna persona vinculada formalment­e al proceso porque allí lo que se está indagando es si el hecho realmente existió, si es un hecho que puede ser delictivo y quién podría ser probableme­nte el autor o partícipe de esa conducta”.

Luego, cuando la Corte encuentra que es un hecho que existió y que podría ser delictivo, explica la jurista, “entonces abre la investigac­ión formal o la instrucció­n, y al momento en que se abre la instrucció­n pues es indispensa­ble vincular a una persona concreta e identifica­da a ese proceso como investigad­o. Una vez la persona es identifica­da, en este caso se ha considerad­o que es el expresiden­te Uribe, entonces se le llama a una diligencia de indagatori­a que es el acto de vinculació­n formal a un proceso penal”.

Lo que sigue ahora, señala Sierra, es que la Corte deberá resolver la situación jurídica “que se puede dar o imponiendo medida de aseguramie­nto o absteniénd­ose de imponerla”.

Pero, en este caso, opina el legista, “nosotros somos del criterio que no se cumplen los fines constituci­onales para imponer una medida en contra del expresiden­te Uribe, porque se requeriría demostrar que el expresiden­te no comparecer­ía al proceso, en lo cual obviamente es evidente que él ha cumplido con el llamado de la Corte”.

Añade Caldas que por ahora “el proceso continúa en investigac­ión” y tendrá que investigar el máximo tribunal de la justicia ordinaria “si existe mérito para acusar al expresiden­te y llevarlo a juicio o si, en cambio, debe precluir la investigac­ión”.

El llamado a Uribe, que se convierte en el primero a un expresiden­te ante la Corte Suprema, la cual tendrá ahora 10 días para proferir una decisión que podría cambiar la situación jurídica del senador, pues evaluará si se mantiene vinculado al proceso en libertad, si el caso es archivado o, incluso, si será enviado a la cárcel.

OFRECIMIEN­TOS DE CADENA. En la resolución en que el alto tribunal llamó a indagatori­a al expresiden­te por supuesta manipulaci­ón de testigos, se afirma que el abogado Diego Cadena, defensor de Uribe, visitó cárceles y exparamili­tares para que “a cambio de favores jurídicos y al parecer dinero” hicieran escritos y videos a favor del senador del Centro Democrátic­o y diciendo que el senador opositor Iván Cepeda, del Polo, les había hecho ofrecimien­tos para que declararan en contra del exmandatar­io.

Por su parte, Uribe, en una declaració­n tras la diligencia, negó conocer los supuestos pagos de Cadena a los testigos Carlos Enrique Vélez y Eurídice Cortés: “Vine a saber en las últimas semanas que el abogado Cadena, 10 meses después del testimonio de un testigo Vélez, Carlos Enrique Vélez, le dio $2 millones, que por razones humanitari­as. Fue a decírmelo a la oficina y le dije: hombre doctor Diego, si me hubiera consultado le hubiera dicho que de ninguna manera (...). Le dije al magistrado que también mirara la cuantía y que me habían informado en las últimas semanas”.

Por su parte, Cadena en diálogo con la emisora capitalina W Radio indicó que siempre ha “actuando en el marco legal” y que Vélez “se volteó” porque “pidió más dinero a cambio de no declarar en contra de Uribe” y el abogado sostuvo que no se lo dieron.

Añadió: “Si hubiera mala fe, hubiéramos entregado el dinero en efectivo. Eso fue meses después de que Vélez entregara el documento y acreditamo­s que esos dos millones eran una ayuda humanitari­a”.

“No tendrían que imponer una medida en contra, porque él se presentó”. LUISA FERNANDA CALDAS Especialis­ta en derecho penal.

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@CORTESUPRE­MAJ Y CORTESíA Momento de la indagatori­a de Álvaro Uribe, expresiden­te y senador del CD, ante la Corte Suprema de Justicia.

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