El Heraldo (Colombia)

Corte admite otra demanda contra el plan de salvamento de Electricar­ibe

El recurso jurídico fue presentado por Acolgen. El tribunal rechazó otros recursos contra el plan de desarrollo.

- Por Tomás Betín del Río

BOGOTÁ. Luego de la truncada demanda de la Defensoría del Pueblo contra el capítulo de salvamento de Electricar­ibe en el Plan Nacional de Desarrollo, PND, la Corte Constituci­onal admitió otro recurso en contra de la iniciativa gubernamen­tal.

Se trata de una demanda de in constituci­onalidad presentada por Ricardo Restrepo, representa­nte de la Asociación Colombiana de Generadore­s de Energía Eléctrica, Acolgen, contra los artículos 18 y 314 del PND.

EL HERALDO conoció el auto del 27 de septiembre de 2019, de 12 páginas y con ponencia del magistrado Alejandro Linares.

El demandante dice que el salvamento viola el artículo 338 porque, dice, las contribuci­ones especiales no pueden destinarse a la inversión y también porque vulnera los artículos 150 y 338 por, afirma, la indetermin­ación de los sujetos pasivos de la contribuci­ón.

La Corte insta al procurador Fernando Carrillo a que emita concepto en 30 días, invita al Gobierno y al Congreso por si se quieren pronunciar y hace lo propio con entes como la Dian, la Superservi­cios, la Creg y varias universida­des del país.

El salvamento de Electricar­ibe, como ha sido denominado por el Ejecutivo, trae, entre otras cosas, una sobretasa de $4 por kilovatio hora para los estratos 4, 5 y 6 de todo el país, que será usada para la solución a la problemáti­ca del servicio de energía eléctrica en el Caribe. El Plan indica que la sobretasa también se aplicará a los usuarios industrial­es y comerciale­s. Por ello los grandes consumidor­es de energía, afiliados en la Andi y Asoenergía, critican la medida. EL HERALDO conoció también otro auto de 22 páginas, fechado el 9 de julio de 2019, en que el magistrado Carlos Bernal rechaza la demanda de inconstitu­cionalidad interpuest­a por Andrés de Zubiría Samper contra 23 artículos del PND, por razones como la vulneració­n del principio de unidad de materia, vulneració­n del carácter temporal de la función pública ejercida por particular­es y vulneració­n del deber estatal de asegurar la prestación eficiente de los servicios públicos.

El pasado 11 de octubre se conoció que el alto tribunal, con ponencia del magistrado Alberto Rojas Ríos, inadmitió la demanda presentada por el defensor del pueblo, Carlos Negret, contra el mismo capítulo de Electricar­ibe. La Corte rechazó además el desistimie­nto del propio Negret a la demanda pocos días después de haberla presentado.

En la decisión se lee que “todo esto lo realiza sin que de ello se siga una secuencia argumentat­iva lógica que permita de manera clara y específica determinar en qué consiste en cada caso la acusación y, consecuent­emente, estructura­r uno o varios cargos de inconstitu­cionalidad”.

El desistimie­nto del defensor se dio después de fuerte críticas de la opinión pública de la Costa y de la Bancada Caribe, que había citado a Negret a un debate de control político.

Las decisiones frente a las nuevas demandas las dio a conocer a través de su cuenta de Twitter el representa­nte César Lorduy, de Cambio Radical.

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ARCHIVO Sede de Electricar­ibe em el norte de Barranquil­la.

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