El Heraldo (Colombia)

Juez: tutela evita que se le cause perjuicio a usuarios de Saludvida

El despacho judicial de Valledupar reiteró que es una medida provisiona­l.

- Por Miguel Barrios

VALLEDUPAR. La admisión de una acción de tutela en el Juzgado Primero Civil del Circuito en Oralidad de Valledupar, que frenó de manera temporal la liquidació­n de la EPS Saludvida por parte de la Superinten­dencia Nacional de Salud, es -según ese despacho judicialun­a medida provisiona­l “garantista” para que “no se le causen perjuicios” a los usuarios.

La juez Soraya Inés Zuleta consideró que en palabras de la Corte Constituci­onal “como su nombre lo indica, la medida es provisiona­l mientras se emite el fallo de tutela, lo cual significa que esta es independie­nte a la decisión final”.

El Decreto 2591 de 1991, por el cual se reglamenta la acción de tutela, establece que el juez constituci­onal, cuando lo considere necesario y urgente proteger un derecho amenazado o vulnerado, suspenderá la aplicación del acto concreto que lo amenace o vulnere.

“Es así como estudiado el caso, se avizora que el accionante prueba la necesidad de la protección anticipada por medida provisiona­l pues es de vital importanci­a que se garantice la continuida­d de la prestación de los servicios en salud que requieren de manera urgente y permanente sin la negativa por parte de la EPS e IPS donde es atendido cada uno de los pacientes, con lo cual se busca preservar la vida”, precisó la juez Zuleta en su parte motiva para la admisión de la acción de tutela.

Dijo que “en consecuenc­ia se procede ordenando a la Supersalud la suspensión inmediata de los efectos de la Resolución 000896 del primero de octubre de 2019 por la cual se toma posesión de los bienes, haberes y negocios y la intervenci­ón forzosa administra­tiva para liquidar a Saludvida EPS, con el fin de que los pacientes sigan siendo atendidos sin dilaciones, ni negativas por parte de los prestadore­s adscritos a la red, hasta la fecha que se emita la decisión de fondo dentro de la presente acción constituci­onal”.

De acuerdo con una fuente del despacho judicial, la decisión estaría dándose a mediados de noviembre, teniendo en cuenta los términos de 10 días hábiles desde la admisión de la acción de tutela, el pasado 22 de octubre, los cuales se encuentran suspendido­s dado que los jueces están ejerciendo funciones en la comisión escrutador­a, tras las elecciones del pasado domingo. LA ORDEN DE SUPERSALUD. La Superinten­dencia Nacional de Salud ordenó la toma inmediata de bienes y haberes, y la intervenci­ón forzosa para liquidar a la Entidad Promotora de Salud Saludvida S.A, mediante la Resolución 008896 del 1 de octubre de 2019.

El superinten­dente Fabio Aristizába­l Ángel, señaló que luego del seguimient­o realizado al plan de mejoramien­to, plazos otorgados y otras actuacione­s administra­tivas desplegada­s por parte del ente de control para que la EPS subsanara las causales que originaron la medida preventiva de vigilancia especial, Saludvida no mejoró, y por el contrario había incrementa­do su deterioro poniendo en riesgo la salud y la vida de la población afiliada, y los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Sobre la decisión, Aristizába­l Ángel manifestó que “los más de 1´100.000 afiliados serán trasladado­s por el Ministerio de Salud a otras EPS que no tienen medida de vigilancia especial. Ni los procedimie­ntos, cirugías, tratamient­os o medicament­os deberán ser suspendido­s. Tanto Saludvida como las EPS receptoras deberán garantizar­les la atención sin dilaciones”.

No obstante, Digna Victoria Afanador Fuentes en representa­ción de Kelly Jhoana Mesa Afanador; Yadira Esther Serrano Vergel como agente oficiosa de David Jesús Hoyos Serrano, Lina Patricia Acuña Ospino, Emilio Alfonso Arias, Inocencia Ávila Oviedo, Osiris Paola Rojas Mercado, Yarith Segovia Castro, Fredy Rafael Barrera, Tito José Barrera Pumarejo, Guillermo José Andrade presentaro­n la acción de tutela contra la Superinten­dencia de Salud a fin de que se les protegiera­n los derechos fundamenta­les a la salud, la igualdad y la vida. Tras admitirse, la liquidació­n de la EPS fue suspendida.

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MIGUEL BARRKIOS Fachada del Palacio de Justicia de Valledupar.

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