Hasta $1.800.000 para los cesantes
El ministro también señaló que con el Decreto 488 se permite que los trabajadores cesantes dependientes o independientes de las categorías A y B que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar, puedan obtener recursos por hasta $1.800.000. “Esta es una muy buena señal que les mandamos a los trabajadores. Este Gobierno está comprometido con el trabajador y, en ese sentido, lo vamos a proteger”, afirmó.
Así las cosas, durante la emergencia y hasta donde permita la disponibilidad de recursos, estos trabajadores dependientes o independientes cotizantes de categorías A y B, cesantes, que hayan realizado aportes a una Caja de Compensación Familiar durante un año, continuo o discontinuo, en el transcurso de los últimos cinco años, recibirán los beneficios del Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante, Fosfec, establecidas en la Ley 1636 de 2013.
Esta ley establece que en el caso en el que el cesante señale haber hecho ahorro voluntario, las Administradoras de Fondos de Cesantías deberán trasladar a las administradoras del Fosfec, el monto ahorrado voluntariamente al mecanismo de protección.
Por último, el Gobierno indicó que el aspirante a este beneficio deberá diligenciar ante la Caja de Compensación Familiar a la que se encuentre afiliado, la solicitud para poder aspirar a obtener el beneficio.
Este mismo Decreto 488 también establece que, durante la emergencia económica, el empleador podrá dar a conocer al trabajador, con al menos un día de anticipación, la fecha a partir de la cual le concederá vacaciones anticipadas, colectivas o acumuladas.
Así mismo, el trabajador podrá solicitar, en el mismo plazo, que se le conceda el disfrute de vacaciones.