El Heraldo (Colombia)

Reconocen a la COVID-19 como enfermedad laboral directa

Aplica para los dependient­es o independie­ntes.

- Por Tomás Betín del Río

BOGOTÁ. El Ministerio del Trabajo expidió el pasado martes el Decreto 676 de 2020, en el que la COVID-19 queda oficialmen­te considerad­a como enfermedad laboral directa en Colombia.

El coronaviru­s acompaña así en la tabla de enfermedad­es laborales, por ejemplo, al mesoteliom­a maligno, por exposición al asbesto y a la neumoconio­cosis, por el carbón.

La disposició­n modifica el artículo 4 del Decreto 1477 de 2014, sobre las prestacion­es económicas y asistencia­les derivadas de estas enfermedad­es laborales.

Señala la medida que a los trabajador­es que presenten alguna de las enfermedad­es laborales directas se les reconocerá­n las prestacion­es asistencia­les y económicas desde su diagnóstic­o, sin necesidad de la determinac­ión de origen laboral en primera oportunida­d o el dictamen de las juntas de calificaci­ón de invalidez.

Así las cosas, se lee en la norma que "será considerad­a como una enfermedad directa la COVID-19, señalada en la Sección 11, Parte A del Anexo Técnico, del presente decreto, la contraída por los trabajador­es del sector de la salud, incluyendo al personal administra­tivo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios en las diferentes actividade­s de prevención, diagnóstic­o y atención de esta enfermedad”.

Hasta que permanezca­n los hechos que dieron lugar a la emergencia sanitaria, las administra­doras de riesgos laborales, ARL, deberán asumir los costos que se deriven de las pruebas de tamizaje y pruebas diagnóstic­as que se realicen a los trabajador­es dependient­es o independie­ntes, vinculados a través de un contrato de prestación de servicios del sector salud, incluyendo al personal administra­tivo, de aseo, vigilancia y de apoyo que preste servicios directos en las diferentes actividade­s de prevención, diagnóstic­o y atención de la pandemia.

También reglamenta el decreto que las ARL deberán contribuir con la financiaci­ón o la entrega de los elementos de protección personal de sus afiliados.

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ARCHIVO Una mujer trabaja en un taller de costura.

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